El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo oficializó la entrada en vigor del Decreto 0949 del 28 de agosto de 2025, que estableció una prohibición estricta y sin excepciones a las exportaciones de carbón a Israel.
La medida, firmada por la ministra de Comercio, Industria y Turismo, Diana Marcela Morales Rojas, junto a la canciller, Rosa Yolanda Villavicencio; el ministro de Hacienda y Crédito Público, Germán Ávila Plazas, y el ministro de Minas y Energía, Edwin Palma Egea, procura reforzar la política del presidente Gustavo Petro, basada en el respeto a los derechos humanos y el Derecho Internacional Humanitario.
La norma se expide, según la cartera de Comercio, en momentos en los que persisten los actos bélicos en contra del pueblo palestino. El decreto menciona que desde el 18 de marzo de este año Israel aumentó su ofensiva bélica contra la Franja de Gaza, generando un escalamiento del conflicto.
“Como resultado, en el periodo comprendido entre el 18 de marzo y el 17 de junio de 2025, se ha reportado que 680.000 palestinos han sido desplazados, 5.334 palestinos han sido asesinados y 17.839 han sido heridos como consecuencia de la ofensiva bélica adelantada por Israel. Entre el 7 de octubre de 2023 y el 18 de junio de 2025, al menos 55.637 palestinos han sido asesinados y 129.880 heridos por las acciones de Israel. Adicionalmente, se ha reportado un crecimiento en el número de personas asesinadas y heridas cuando intentan acceder a los suministros humanitarios de comida y otros bienes esenciales”, señala el decreto.
En un comunicado del Ministerio de Comercio, se insistió en que el Gobierno Nacional considera que esta restricción contribuye a prevenir el genocidio del pueblo palestino y evita que los recursos naturales de Colombia aporten a la máquina de guerra del Estado de Israel.
Previo a la expedición de este nuevo decreto, el proyecto fue publicado y puesto a consideración de la opinión pública y de los grupos de interés entre el 28 de julio y el 15 de agosto. En este tiempo se recibieron las observaciones que se tuvieron en cuenta para la implementación de la norma.
El decreto estipula que la prohibición estará vigente hasta que se cumplan las órdenes de medidas provisionales emitidas por la Corte Internacional de Justicia o hasta que desaparezcan las condiciones que motivaron la medida.
Fundamentos de la decisión de Colombia
El decreto se sustenta en tres pilares esenciales. El primero de ellos es el respeto a las normas imperativas del derecho internacional, toda vez que las operaciones militares en Gaza han sido señaladas como una “grave transgresión” a normas imperativas como la obligación de prevenir y sancionar el genocidio y la prohibición del uso de la fuerza.
También se invocó la protección de los derechos humanos y de la población civil. “El decreto busca proteger la vida y la dignidad humana, la primacía de los derechos de la persona y, de manera especial, los derechos de los niños, niñas y adolescentes, los cuales prevalecen sobre los derechos de los demás”.
En tercer término, el gobierno colombiano resaltó su “coherencia como actor internacional”. Según menciona el Ministero de Comercio “Colombia, al ser elegida como miembro del Consejo de Derechos Humanos de la ONU para el periodo 2025-2027, asumió la responsabilidad de actuar de forma coherente con los principios internacionales y de fortalecer el sistema multilateral de derechos humanos. Por ello, el país adopta medidas para evitar que las exportaciones de carbón sean utilizadas en cadenas de suministro que puedan contribuir a la consecución de un genocidio”.
La ministra de Comercio, Diana Marcela Morales Rojas, enfatizó en que “esta decisión responde a un análisis exhaustivo y a la necesidad de evitar que el carbón colombiano contribuya a las actividades militares de Israel que, de acuerdo con organismos internacionales y como lo ha explicado el presidente Petro, vulneran principios y derechos fundamentales en la Franja de Gaza”.
Mecanismos que respaldan el decreto
El Gobierno Nacional amparó esta decisión en los convenios internacionales adoptados por Colombia, en normas de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y en mecanismos que permite el Acuerdo Comercial entre Colombia e Israel.
En ese sentido se explicó que en 1945 Colombia aprobó la Carta de las Naciones Unidas en la que se defienden medidas colectivas eficaces para prevenir y eliminar amenazas a la paz, y además aprobó la Convención para la Prevención y la Sanción del delito de genocidio.
Por otro lado, la OMC permite a sus miembros adoptar medidas que garanticen el concepto de moral púbica en un ámbito internacional. En este sentido la República de Colombia considera que el genocidio en contra del pueblo palestino es un crimen de lesa humanidad, que desconoce su estándar internacional de moral pública. “Para Colombia, la situación en la Franja de Gaza amerita implementar medidas de ese tipo, como una forma de prevenir actos de genocidio”, se lee en el comunicado del Ministerio de Comercio.
Otra consideración que se tuvo para expedir el decreto, fue que desde octubre del 2024, y por primera vez, Colombia es miembro del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, elección que no solo le otorga al país voz y voto en las decisiones clave sobre la protección y promoción de los derechos humanos a nivel global.
Bajo esos argumentos, y en el entendido de que para Colombia las acciones de Israel son actos de genocidio y van en contra de normas internacionales que precisamente buscan prevenirlo, se restringieron las exportaciones de carbón.