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Reforma laboral cambió el pago de cesantías para 2026: lo que deben saber trabajadores y empresas

La Ley 2466 de 2025 introduce nuevas formas de pagar y administrar las cesantías y sus intereses en Colombia, con esquemas más flexibles para empleadores y sin afectar los derechos de los trabajadores.

  • La reforma permite consignaciones anticipadas y acuerdos de pago directo de cesantías bajo condiciones legales específicas. FOTO: JUAN ANTONIO SÁNCHEZ
    La reforma permite consignaciones anticipadas y acuerdos de pago directo de cesantías bajo condiciones legales específicas. FOTO: JUAN ANTONIO SÁNCHEZ
  • Las cesantías siguen siendo un mes de salario por año trabajado, pero ahora pueden consignarse de forma anticipada. FOTO: EL COLOMBIANO
    Las cesantías siguen siendo un mes de salario por año trabajado, pero ahora pueden consignarse de forma anticipada. FOTO: EL COLOMBIANO
hace 2 horas
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La reforma laboral sancionada como Ley 2466 del 25 de junio de 2025 introdujo cambios clave en el manejo de las cesantías y de los intereses sobre cesantías en Colombia. Aunque la prestación social se mantiene intacta en su naturaleza, un mes de salario por cada año trabajado, la nueva normativa modifica la forma en la que los empleadores pueden cumplir la obligación, habilitando esquemas más flexibles de pago, aprovisionamiento y administración de los recursos.

Los ajustes buscan modernizar el sistema, facilitar el cumplimiento para las empresas y permitir que los recursos generen rendimientos financieros desde etapas más tempranas, sin afectar los derechos de los trabajadores.

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¿Cómo funcionan las cesantías y los intereses?

En Colombia, las cesantías constituyen una prestación social obligatoria a favor del trabajador. Se liquidan con corte al 31 de diciembre de cada año y deben ser consignadas por el empleador en el fondo de cesantías elegido por el trabajador a más tardar el 14 de febrero del año siguiente.

El valor equivale a un mes de salario por cada año laborado, o proporcional si el tiempo es menor. Por su parte, los intereses sobre las cesantías corresponden al 12 % anual sobre el valor causado y deben pagarse directamente al trabajador, generalmente antes del 31 de enero.

El incumplimiento de estas obligaciones, especialmente la no consignación oportuna de las cesantías en el fondo, puede generar sanciones severas: un día de salario por cada día de mora, según lo establece la Ley 50 de 1990.

Pago directo al trabajador: cuándo no habrá sanción

Las cesantías siguen siendo un mes de salario por año trabajado, pero ahora pueden consignarse de forma anticipada. FOTO: EL COLOMBIANO
Las cesantías siguen siendo un mes de salario por año trabajado, pero ahora pueden consignarse de forma anticipada. FOTO: EL COLOMBIANO

Uno de los cambios más relevantes introducidos por la Ley 2466 se encuentra en el parágrafo cuarto del artículo 15, que regula el pago directo de las cesantías al trabajador.

Según explicó a El Tiempo David Esteban Rojas Segura, abogado laboralista y miembro del Observatorio del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad Libre, la reforma habilita el pago directo sin que se genere la sanción por no consignación en el fondo, siempre que se cumplan condiciones estrictas.

“Por regla general, las cesantías deben pagarse al fondo. Sin embargo, la ley ahora reconoce que, cuando exista un acuerdo voluntario y por escrito, y el pago se haga conforme a los fines legales, la obligación se entiende satisfecha y no se causa la sanción”, señaló el experto.

La norma aclara que esta exoneración no aplica si se demuestra que el trabajador fue obligado a recibir el pago o si los recursos se destinaron a fines distintos a los autorizados por la ley, como educación, vivienda o terminación del contrato laboral.

Lea más: ¿A cuáles trabajadores no les llegan los intereses de las cesantías? Le contamos los plazos y cómo calcularlo

Cesantías mes a mes: qué cambia con el 8,33 %

Otro ajuste importante tiene que ver con el aprovisionamiento de las cesantías. Tradicionalmente, los empleadores provisionan mensualmente el 8,33 % del salario, pero realizan la consignación anual al fondo.

Con la reforma, ese mismo porcentaje puede consignarse de manera anticipada y mensual en el fondo de cesantías del trabajador, sin que se considere un pago parcial ni se altere el corte anual de la prestación.

De acuerdo con María Camila Silva, asociada de Scola Abogados, esta alternativa no cambia la esencia del derecho, pero sí la operación administrativa.

“El depósito mensual anticipado no reemplaza la liquidación anual, sino que anticipa su cumplimiento. Esto permite que los recursos generen rendimientos financieros desde el momento de la consignación”, explicó la abogada.

Este esquema busca aliviar la carga financiera concentrada a comienzos del año y resulta especialmente relevante para pequeñas y medianas empresas, que ahora pueden distribuir el impacto del pago a lo largo de los doce meses.

Conozca también: Cesantías en Colombia 2025: estas son los requisitos para retirarlas, tras consignaciones por $16,10 billones

Intereses de cesantías: opción de pago mensual

La Ley 2466 también introduce flexibilidad en el pago de los intereses de cesantías. Además del esquema tradicional —pago anual del 12 %—, la reforma permite pactar el pago mensual equivalente al 1 % del salario base de liquidación.

Silva aclara que este acuerdo debe constar por escrito y ser voluntario. “No elimina la modalidad anual, sino que incorpora una alternativa para una administración más ordenada y previsible tanto para el empleador como para el trabajador”, afirma.

El pago mensual no implica una reducción del beneficio: simplemente distribuye en el tiempo el mismo porcentaje que establece la ley.

Lo que no cambia y lo que aún falta por definir

Pese a los ajustes, la reforma no modifica las causales legales para el retiro de las cesantías. Se mantienen vigentes los usos autorizados, como educación, compra o mejora de vivienda, terminación del contrato laboral y las demás previstas en la normatividad.

Sin embargo, varios de estos cambios aún están pendientes de reglamentación por parte del Ministerio del Trabajo. Será esta entidad la encargada de definir los procedimientos, requisitos y controles que permitirán aplicar de forma práctica los nuevos esquemas durante 2026.

Para los expertos, la reforma introduce herramientas útiles, pero su éxito dependerá de una implementación clara, de acuerdos transparentes con los trabajadores y de una adecuada vigilancia para evitar abusos.

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