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El nuevo año llegará con varias movidas catastrales

La expedición de la Ley 1995, en agosto pasado, incorporó algunas figuras para beneficiar a los propietarios de bienes inmuebles. Le explicamos.

  • La autoridad catastral debe resolver la solicitud de revisión de los avalúos dentro de los tres meses siguientes a la radicación de la petición del propietario del bien inmueble. FOTO Esteban Vanegas
    La autoridad catastral debe resolver la solicitud de revisión de los avalúos dentro de los tres meses siguientes a la radicación de la petición del propietario del bien inmueble. FOTO Esteban Vanegas
21 de diciembre de 2019
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Además de ponerle límites a los incrementos injustificados del impuesto predial, la Ley 1995 del 20 de agosto de este año estableció un par mecanismos que pueden redundar en alivios para el bolsillo de dueños de viviendas en estratos 1 y 2, así como de terrenos y otras propiedades.

Así, la norma que fija que el alza del impuesto predial será de máximo el Índice de Precios al Consumidor (IPC) o inflación más ocho puntos porcentuales, también dicta que en el caso de las viviendas pertenecientes a los estratos 1 y 2, cuyo avalúo catastral sea hasta 135 salarios mínimos mensuales (111,79 millones de pesos), el incremento anual no podrá sobrepasar el IPC.

En ese contexto, la saliente administración de Medellín dejará lista una resolución que detallará los cambios físicos, jurídicos y económicos que se realizaron en el 100 % de los predios de la ciudad y darle cumplimiento a una solicitud que realizó el Instituto Geográfico Agustín Codazzi.

La revisión

Otra opción que incluyó esta ley tiene que ver con la posibilidad de que los propietarios soliciten en cualquier momento una revisión catastral, cuando consideren que el valor no se ajusta a las características y condiciones del predio. Para ello deberán presentar las pruebas que justifiquen la petición.

Ayer, por ejemplo, el experto en temas tributarios Julio César Leal, realizó el trámite para uno de sus clientes ante el Municipio de Sabaneta. “El caso es del dueño de una bodega que quiere obtener una licencia para construir tres torres. Para el uso del terreno como bodega este tiene un avalúo de 9.000 millones de pesos, pero a luz de la nueva ley y la revisión pedida para darle una nueva destinación pasa a valer 4.000 millones”.

La reducción obedece al cambio del uso del suelo que pasa de industrial a residencial, lo que a su vez debe reflejarse en el impuesto predial el cual, en este caso, pasaría de 40 millones de pesos a menos de 20 millones (ver Para saber más).

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