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Pico y Placa Medellín

viernes

0 y 6 

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jueves

1 y 7 

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miercoles

5 y 9 

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2 y 8  

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Cierre la semana y el mes evitando que lo “partan” por Pico y Placa en Medellín

Encuentre acá qué carros y motos no pueden circular este viernes, así como las vías exentas de la medida.

  • Una de las vías de la ciudad donde se anuncia el Pico y Placa. Foto: Andrés Camilo Suárez Echeverry.
    Una de las vías de la ciudad donde se anuncia el Pico y Placa. Foto: Andrés Camilo Suárez Echeverry.
27 de febrero de 2025
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Recuerde que este viernes 28 de febrero la medida del Pico y Placa rige para los automotores de uso particular, cuyas placas terminen en los dígitos 0 y 6, en el horario comprendido entre las cinco de la mañana y las ocho de la noche.

También los viernes hay pico y placa para las motos cuya identificación comience por esas mismas cifras: 0 y 6, en el mismo horario antes señalado.

Igualmente, los taxis con placas finalizadas en 4, deben quedarse guardados en sus respectivos puntos de parqueo, pero entre las seis de la mañana y las ocho de la noche.

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La infracción por violar el pico y placa tiene como penalidad una multa equivalente a medio salario mínimo mensual vigente y aplica tanto para la capital antioqueña como para los otros nueve municipios que conforman la jurisdicción del Área Metropolitana del Valle de Aburrá: Envigado, Itagüí, Sabaneta, La Estrella, Caldas, Bello, Copacabana, Girardota y Barbosa.

Hay vehículos que no tienen que cumplir la restricción: los carros eléctricos, híbridos y a gas natural que cuenten con licencia de tránsito actualizada.

Igualmente, los automotores dedicados a la atención de emergencias, que presten atención médica personalizada y/o domiciliaria, que se dediquen a labores relacionadas con el rescate de órganos y tejidos o el trasplante de los mismos.

Así mismo los vehículos de transporte de alimentos y/o elementos perecederos; los vehículos de carga, los dedicados a la prestación de servicios públicos, aquellos propiedad de medios de comunicación y los que estén al servicio de organismos de seguridad nacional y preservación del orden público.

El listado lo completan los vehículos de tránsito, aquellos en que se transportan personas enfermas y/o discapacitadas, los carros de valores y de seguridad, autos con blindaje igual o superior a nivel 3 y carros fúnebres.

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En la capital antioqueña esta prohibición no se aplica en las siguientes vías: avenida Regional, vía Iguaná Sur, calle 10, avenida Las Palmas, la vía a Occidente y el Túnel Aburrá Oriente.

La medida tampoco cobija a los cinco corregimientos: San Sebastián de Palmitas, San Cristóbal, Altavista, Santa Elena y San Antonio de Prado.

Sí se aplica en la Autopista Norte y la Avenida Regional en jurisdicción de Bello así como la Autopista Sur en jurisdicción del municipio de Itagüí, luego de que por necesidades propias estos territorios implementaran la medida allí.

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