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¿Habrá ley seca en Medellín y Antioquia este fin de semana por la consulta del Pacto Histórico?

En este caso, cada alcalde tiene la potestad de decretarla si lo consideran necesario por cuestiones de orden público.

  • Descripción: Imagen dramatizada para ilustrar sobre la ley seca por elecciones. Fecha de evento: 17/04/2015. Foto: Robinson Sáenz Vargas
    Descripción: Imagen dramatizada para ilustrar sobre la ley seca por elecciones. Fecha de evento: 17/04/2015. Foto: Robinson Sáenz Vargas
hace 4 horas
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Este domingo 26 de octubre el Pacto Histórico tendrá elecciones en todo el país para definir a su precandidato presidencial entre Iván Cepeda y Carolina Corcho (Daniel Quintero también aparecerá en el tarjetón, pero renunció) y el orden de las listas cerradas de Senado y Cámara del movimiento del presidente Gustavo Petro.

En el país, cada vez que hay elecciones se decreta Ley seca desde el día antes de las votaciones con el argumento de mantener el orden público.

Puede leer: Partidos se bajan de la consulta del petrismo y dejan solo al Polo, ¿logró el Pacto salir del laberinto jurídico o solo ganar tiempo?

Sin embargo, la norma establece que la Ley seca es obligatoria durante las elecciones nacionales o territoriales organizadas por la Registraduría Nacional.

Esto incluye elecciones presidenciales, legislativas, departamentales, municipales o distritales, así como la de alcaldes, gobernadores, concejales, diputados y Juntas Administradoras Locales (JAL).

Sin embargo, las consultas internas de partidos o movimientos políticos, como la que realizará el Pacto Histórico, se rigen por la Ley 1475 de 2011, que regula los procesos internos de democracia partidista. Al no tratarse de una elección nacional o territorial, estas consultas no generan la obligación automática de decretar Ley Seca.

La decisión de decretar o no la Ley Seca recae en cada alcalde, según las condiciones de orden público de su territorio. Las consultas internas no están cubiertas por la aplicación automática del Código Electoral, por lo que corresponde a las administraciones locales evaluar los riesgos y actuar en consecuencia”, explicó Andrés Santamaría Garrido, director ejecutivo de Asocapitales.

De acuerdo con la normativa, los mandatarios locales pueden adoptar medidas restrictivas solo si las circunstancias lo justifican, amparados en el principio de autonomía territorial (artículo 287 de la Constitución) y en las facultades de poder de policía establecidas en la Ley 136 de 1994, modificada por la Ley 1551 de 2012.

Pues bien, con base en lo anterior, en los municipios del Valle de Aburrá como Medellín, Envigado, Sabaneta e Itagüí no habrá Ley seca porque así lo decidieron sus mandatarios.

Sin embargo, no es así para todos los municipios del departamento. Por ejemplo, el alcalde de Rionegro, decretó Ley seca entre las 6:00 p.m. del sábado 25 de octubre, hasta las 6:00 a.m. del lunes 27 de octubre.

Siga leyendo: Registraduría advierte sobre correos falsos a jurados de votación para la consulta del 26 de octubre

De acuerdo con el decreto expedido por el alcalde Jorge Rivas, durante el periodo de vigencia de la medida los establecimientos de comercio que vendan o permitan el consumo de bebidas alcohólicas deberán suspender sus actividades, incluyendo bares, discotecas, tabernas, cantinas y demás negocios similares. Quienes incumplan lo dispuesto serán sancionados de conformidad con el Código Nacional de Policía y Convivencia Ciudadana (Ley 1801 de 2016), lo que podría conllevar incluso el cierre inmediato del establecimiento.

“Estas medidas no buscan limitar la actividad económica, sino proteger la convivencia, la tranquilidad y el bienestar de los rionegreros durante un fin de semana democrático”, señaló el alcalde Rivas.

Pero Rionegro no es el único. En otros municipios del departamento donde la situación de orden público está “caliente” también decretaron Ley seca, como es el caso de Remedios en el Nordeste antioqueño. Allí, además de prohibir la venta y el consumo de bebidas embriagantes, la administración municipal prohibió el transporte de mudanzas, material de construcción, escombros y/o similares en el área urbana y rural del municipio antes, durante y después de las elecciones.

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