El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Salud y Protección Social, aprobó el miércoles en la noche, mediante la resolución 991, el protocolo de bioseguridad que deben cumplir los deportistas en 16 disciplinas durante el retorno a los entrenamientos.
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“De acuerdo con la información suministrada por el Ministerio del Deporte, los atletas de alto rendimiento son personas que se dedican al deporte en su proceso sistemático orientado por un plan de entrenamiento exhaustivo que los obliga a mantener condiciones físicas, técnicas, tácticas y sicológicas permanentes, las que se pierden fácilmente por periodos de reposo deportivo prolongado, razón por la cual se considera necesario generar condiciones para que, en caso de reiniciar actividades de entrenamiento, estas no comprometan la salud de los atletas, sus familias o la comunidad, ni aumenten el riesgo de transmisión del coronavirus”, reza el decreto.
Este protocolo aplica solamente a los deportistas que pertenezcan a una federación deportiva, liga o a los seleccionados departamentales, a sus entrenadores y el personal logístico mínimo necesario en estas modalidades de práctica individual y al aire libre: “arquería, atletismo, actividades acuáticas y subacuáticas, canotaje, ciclismo de ruta, ecuestre, esquí, golf, levantamiento de pesas, patinaje, surf, tenis, tiro, triatlón y vela”.
“También aplica para deportistas recreativos con edades comprendidas entre los 18 y 61 años, de las modalidades definidas, excepto actividades en piscina”, agrega la resolución.