La Procuraduría General de la Nación (PGN) sancionó con destitución e inhabilidad por 13 años a la exdirectora Administrativa y Financiera del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena), Piedad Jiménez Montoya, por adjudicar de forma irregular un contrato de más de medio billón de pesos para la prestación, integración e interoperatividad de servicios de servicios de tecnología en la entidad.
En un comunicado, el órgano de control indicó que la investigación permitió establecer que Jiménez desconoció su deber de selección objetiva al momento de adjudicar, mediante Resolución 2839 del 24 de diciembre de 2014, la Licitación Pública DG 011 de 2014 a la Unión Temporal Sena Digital, que se fundamentó en factores diferentes a los expresa y exclusivamente incluidos en el pliego de condiciones y la adenda número 3, y motivó su decisión en criterios subjetivos por fuera de las reglas del proceso de selección”.
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“La Procuraduría encontró que Jiménez Montoya transgredió los principios de la función administrativa que hacen referencia explícita a la moralidad, imparcialidad y transparencia, teniendo en cuenta que se esperaba que la directora Administrativa y Financiera del Sena aplicara de forma pulcra las reglas de participación establecidas en el pliego de condiciones, situación que a juicio del ente de control no fue atendida por parte de la disciplinada” se describe en el texto.
Para la PGN la entonces funcionaria debió adjudicar el proceso de selección alejada de criterios subjetivos, sin embargo, aceptó la recomendación de adjudicar el contrato sin tomar en consideración que en la fórmula establecida para la evaluación económica se incluyeron ofertas de proponentes rechazados.
Igualmente, se anotó que pese a que finalizada la audiencia de adjudicación de ese contrato uno de los representantes de los posibles adjudicatarios le indicó a Jiménez que estaba desconociendo reglas incluidas en el pliego de condiciones y la adenda número 3, está adjudicó el contrato sin tener en cuenta la observación.
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El órgano de control advirtió que “la decisión fue oscura y afectó sustancialmente el principio de transparencia puesto que si bien las reglas eran claras y concretas en cuanto a los requisitos habilitantes, causales de rechazo y factores de ponderación, las razones que sustentaron la decisión final, inclusión de las ofertas económicas de los proponentes rechazados para operar una fórmula aritmética o estadística, no se ajustaron a la normatividad expresamente establecida en el pliego de condiciones”.
La Procuraduría calificó la falta de la disciplinada como gravísima a título de culpa gravísima e indicó que contra el fallo de primera instancia la exdirectora o su apoderado podrán interponer recurso de apelación, que sería resuelta en segunda instancia por la Sala Disciplinaria de la PGN.