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¿Está en el exterior y no paga la cuota alimentaria de sus hijos? Hasta allá lo podrían buscar

La Procuraduría pidió que se acelere el proceso que permitirá reducir la evasión de la cuota alimentaria de los padres que se encuentren en el exterior.

  • La cuota alimentaria puede llegar a ser de hasta el 50% del salario. FOTO JUAN ANTONIO SÁNCHEZ
    La cuota alimentaria puede llegar a ser de hasta el 50% del salario. FOTO JUAN ANTONIO SÁNCHEZ
17 de febrero de 2023
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La entrega de la cuota alimentaria para los hijos menores de edad suele ser una discusión constante entre los padres de familia que no viven bajo el mismo techo. Desde la Procuraduría pidieron en que se adopte un convenio internacional y, de ese modo, encontrar a los evasores de esta responsabilidad en el exterior.

“La Procuraduría General de la Nación solicitó a la Corte Constitucional declarar exequible el convenio sobre el cobro internacional de alimentos para niños y otros miembros de la familia, hecho en la Haya, Reino de los Países Bajos, en 2007”, detalló el Ministerio Público en un comunicado.

Lea más: El ‘datacrédito’ para quienes no paguen las cuotas de alimentos

Con la petición radicada ante la Corte, se busca asegurar que los padres de familia –que estén radicados en el exterior– cumplan con sus obligaciones alimentarias.

De acuerdo con el viceprocurador Silvano Gómez Strauch, esta sería una solución para garantizar que los niños, niñas y adolescentes accedan a los recursos que tienen derecho por parte de su responsable que esté en el extranjero.

“(Con esto se busca) garantizar la vida digna, el mínimo vital y los derechos fundamentales de aquellas personas, primordialmente miembros de la familia o vinculadas legalmente, frente a quienes asiste una obligación de solidaridad y equidad en razón a que no pueden procurarse su sostenimiento por sí mismas”, detalló la Procuraduría.

Entérese: Una cuota de alimentos le puede costar hasta el 50% de sus ingresos

La ley colombiana estableció que la cuota alimentaria puede llegar a ser de hasta el 50% del salario mensual y se reparte, en proporción, al número de hijos. Esta cuota cobija los alimentos, la vivienda, la educación, la salud, el vestuario y la recreación.

Las personas que se nieguen a cumplir con este deber, pueden llegar a ser procesadas por el delito de inasistencia alimentaria.

El convenio internacional en cuestión ya fue aprobado por el Congreso bajo la ley 2212 de 2022. De este modo, solo restaría el visto bueno de la Corte para empezar a aplicar las sanciones a los evasores de la cuota en el exterior.

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