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La Sala Plena de la Corte Constitucional rechazó este jueves una petición de nulidad que había interpuesto el exprocurador, Alejandro Ordóñez, en contra de la sentencia que avaló el matrimonio igualitario en Colombia.
Con esta determinación queda en firme la decisión tomada por la Corte en abril de 2016, que configuró igualdad de derechos para las uniones homosexuales y que determinó que las mismas no violan la Constitución y que por ende, los jueces pueden celebrarlas.
Para la Corte, las parejas del mismo sexo tienen derecho a formar una familia, sin discriminación, en libertad y con dignidad, por lo cual las uniones celebradas por notarios y jueces son legítimas.
En esa oportunidad, la Corte señaló que toda persona es libre y autónoma, para...