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El Plan de Manejo Ambiental que preparó la Anla para la erradicación de cultivos ilícitos mediante la aspersión aérea con glifosato se cayó en la Corte Constitucional.
La Sala Sexta de Revisión del alto tribunal desestimó lo presentado por dicha Autoridad Nacional de Licencias Ambientales al atender alegatos por falta de un debido proceso y de garantías para la participación ciudadana, por ende ordenó una consulta previa en la que deberá haber la participación de las comunidades afectadas.
Precisamente, la tutela que revisó la Corte –con ponencia de la magistrada Cristina Pardo– fue presentada por José Benavides, quien dijo que en Florencia, Caquetá, se celebró una audiencia pública y virtual sin la debida participación de las comunidades del sector, que en últimas son a las que les afecta este procedimiento.
Luego de revisar la documentación, al demandante se le dio la razón, porque en efecto se vulneró el derecho a la participación ciudadana en este tipo de decisiones.
Una de las consideraciones para tumbar el Plan de Manejo es que si bien el mecanismo de la virtualidad es válido, no se tuvo en cuenta que en esa región no todos cuentan con internet. El procedimiento adecuado, según el alto tribunal, era suspender la audiencia hasta que hubiera una amplia y eficaz participación de todos los interesados en el tema.
Pasos para la consulta previa
Así como a la Anla, la Sala Sexta le ordenó al Ministerio del Interior y a la Policía Nacional realizar las consultas previas a las que haya lugar en un plazo máximo de un año, el cual se puede prorrogar hasta por seis meses más. No obstante, antes de eso tendrán que hacerse diálogos con las poblaciones para identificar cada realidad y diseñar una metodología de consulta adecuada.
Todas esas citas deberán cumplirse brindando garantías a comunidades étnicas de cada uno de los seis núcleos de operación definidos en el Plan de Manejo Ambiental, esas áreas abarcan 104 municipios ubicados en 14 departamentos del país.
Por eso tienen que quedar claras las implicaciones de esto y la propuesta, haciendo uso de cada lengua o dialecto que tenga determinado pueblo. Esas consultas, además, deben contar con la presencia de integrantes de la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría.
¿Lo que se cayó pone un punto final al glifosato?
No. La Anla y su Plan de Manejo –modificado en abril del año pasado– no tenían la última palabra para darle vía a la aspersión aérea con este herbicida.
De hecho, es uno de los pasos a realizar por orden de la misma Corte Constitucional en su sentencia T-236 de 2017 para ponerle un punto final al tema.
La decisión sobre el controversial uso de este químico la tiene el Consejo Nacional de Estupefacientes (CNE), el cual debe revisar dos conceptos: uno es el que compete a lo ambiental, y en efecto es el de la Anla; y el otro lo tiene a cargo el Instituto Nacional de Salud, el cual debe pronunciarse con un análisis que evalúe el riesgo en las diferentes zonas.
Una vez el CNE los reciba, el ministro de Justicia, Wilson Ruiz, quien lo preside, debe convocar a un comité que dé o no el visto bueno al uso del glifosato, implementación que tiene opiniones divididas en el país.
Soy comunidador social y periodista. Me interesan, entre muchas cosas, temas de conflicto armado, medio ambiente y derechos humanos.