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Consejo Nacional Electoral restringe libertad de prensa

  • El 31 de agosto, el Consejo Nacional Electoral presentó reglamentación para las campañas para el plebiscito. El la foto: Carlos Camargo, vicepresidente del CNE, Alexander Vega, presidente del CNE, Héctor Eli Rojas, magistrado del CNE. Colprensa
    El 31 de agosto, el Consejo Nacional Electoral presentó reglamentación para las campañas para el plebiscito. El la foto: Carlos Camargo, vicepresidente del CNE, Alexander Vega, presidente del CNE, Héctor Eli Rojas, magistrado del CNE. Colprensa
30 de septiembre de 2016
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Rechazo y preocupación generó una nueva resolución del Consejo Nacional Electoral (CNE), donde se adoptan medidas para el plebiscito de este 2 de octubre.

“Durante el día de la votación del plebiscito especial se prohibe a los concesionarios de los servicios de radiodifusión sonora, prensa escrita en general y a todas las modalidades de televisión, difundir propaganda política y electoral, de cualquiera de las opciones, así como pedagogía en relación con el ‘Acuerdo Final’”, dice el primer punto de la resolución 2004, con fecha del 29 de septiembre pasado y dado a conocer ayer a las 4:50 p.m. en la página web del CNE.

Nora Sanín, directora ejecutiva de Andiarios, dijo que “esta decisión es un nuevo acto de censura, sin ninguna duda, y es inconstitucional, porque va en contravía de los artículos 20 y 73 de la Constitución, y el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos”. Recordó que la restricción a la propaganda y las encuestas es comprensible, “pero no se entiende cómo hacen una resolución para tocar contenidos”.

Sobre posibles castigos a los medios, Nora Sanín dijo: “no veo de donde puede el CNE sancionar, pero como han sacado esta y otras resoluciones, no sería extraño que puedan incurrir en un nuevo acto arbitrario”.

Pedro Vaca, director ejecutivo FLIP, aseguró que “esta es una norma regresiva, porque condiciona los contenidos y restringe la libertad de prensa” y recordó que el CNE “no tiene facultades para regular el debate público”.

Armando Novoa, magistrado del CNE, dijo que “no puedo compartir el contenido del artículo 1o de la resolución porque constituye una restricción inadmisible a la posibilidad de que los ciudadanos expresen sus preferencias, no permite la pedagogía por parte de los medios, no de las campañas, entrega facultades a la policía para perseguir a los ciudadanos y establece obligaciones que no se podrán cumplir a dos días de la votación”. .

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