El Tribunal Administrativo de Antioquia emitió una sentencia de primera instancia, este miércoles 10 de abril, con la que declara la pérdida de investidura a las concejalas de Itagüí, Gloria Cecilia Herrera y Luisa María Zapata, quienes podrían quedarse sin sus curules si la decisión la ratifican en segunda instancia en el Consejo de Estado.
Esta sentencia se dio en respuesta a una demanda presentada por el también concejal Walter Esneider Betancur, quien argumentó que las dos concejalas presuntamente incurrieron en la causal de conflicto de intereses al participar en la sesión donde se eligió al secretario general del Concejo de Itagüí para este 2024.
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El pasado 2 de enero, se cumplió dicha sesión, en la que Gustavo Adolfo Betancur fue a rendir entrevista tras haber obtenido los mejores puntajes en el concurso de méritos del proceso de elección de secretario que estuvo a cargo de la Universidad del Atlántico. Aunque otra persona también superó los puntajes mínimos requeridos en las pruebas técnicas, solo Betancur se presentó a la entrevista.
Ahora bien, él fue elegido con 16 votos a favor entre los 17 concejales que componen la corporación (el otro fue en blanco). Y ahí está el meollo del asunto que hoy tiene a Herrera y Zapata en riesgo de perder las curules. Resulta que ellas ganaron en las elecciones del pasado 29 de octubre con el grupo significativo de ciudadanos Itagüí Somos Todos, el mismo del alcalde elegido Diego Torres.
Y en esa misma lista al Concejo, es decir, como parte de ese mismo grupo político, se presentó Gustavo Adolfo Betancur, pero no obtuvo los votos suficientes para quedarse con una curul.
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Entonces, el argumento del demandante es que las dos concejalas debieron declararse impedidas para participar en la elección del nuevo secretario, teniendo en cuenta que eran del mismo equipo político y habían compartido lista de candidatos en octubre.
Ahora, bien, a través de su apoderado, las dos concejales respondieron a la demanda con el argumento de que dicha elección se hizo por convocatoria pública y concurso de méritos, y que en dicho proceso “no tuvieron injerencia alguna”, puesto que este se adelantó en 2023. Argumentaron también que el día de la elección del secretario solo él se presentó a la entrevista, pero que de todas formas ya era el que había obtenido los mejores puntajes, por lo cual “ya estaba elegido técnicamente” antes de esa sesión.
Además, indicaron que no les advirtieron sobre la posibilidad de incurrir en alguna irregularidad, pero que pidieron concepto de profesional en derecho que les señaló que no había riesgo. También alegaron su inexperiencia porque son nuevas asumiendo como concejalas.
No obstante, en consideración del Tribunal ellas sí debieron declararse impedidas para participar en esa sesión, en primer lugar porque pertenecían al mismo grupo político de Betancur y con ello se podría inferir que pudieron querer beneficiarlo con el cargo de secretario en el Concejo. En palabras del juez, “su participación (de las concejalas) podía comprometer su imparcialidad , objetividad e independencia en un asunto de carácter oficial o institucional a su cargo”.
Además, contrario a lo que argumenta la defensa de las concejales, para el Tribunal es claro que sí se dio una elección del secretario ese día de la sesión, puesto que Betancur obtuvo 16 votos a favor, entre los que estaban los de ellas dos.