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La economista, especialista en Finanzas y magíster en Administración Diana Tabares Higuita recuerda que en el corto plazo las cesantías representan para los trabajadores un ahorro con el cual blindarse en caso de perder el empleo, y en el largo plazo, hacer inversiones en educación o vivienda.
La docente de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Antioquia enfatiza en que es de gran importancia darles un uso responsable y, de ser posible, no retirarlas cada año con la intención de tener dinero para afrontar la eventual falta de ingresos o cumplir proyectos de largo plazo en educación o vivienda. “No deben convertirse en dinero de bolsillo para otro tipo de gastos”, y añade que por ello la reglamentación vigente exige comprobar la forma en que será usado ese ahorro antes de entregarlo al trabajador.
En Colombia fue establecido el régimen de cesantías en 1945 y el marco legal vigente data de 1990 cuando, mediante la Ley 50, fue modificada la forma en que debe ser liquidado ese auxilio salarial aplicable obligatoriamente a todos los contratos de trabajo. Desde entonces se causa cada año o fracción cuando termine la relación laboral. Equivale a un mes de salario, debe ser consignado en un fondo antes del 14 de febrero.
Sobre los usos que el trabajador afiliado a los fondos de cesantías o al Fondo Nacional del Ahorro puede darle a ese recurso, el vicepresidente de la AFP Porvenir, Andrés Vásquez, explica que la prioridad es solicitarlo en el momento en que quede sin empleo y recuerda que, en el caso de Porvenir, en 2020 desembolsó cerca de $1.1 billones para afiliados que quedaron en esa condición.
Las otras dos alternativas para el retiro parcial o total de las cesantías corresponden a educación y la compra o remodelación de vivienda. Y en la actual coyuntura de la Covid-19, estará vigente hasta el 28 de febrero de 2021 la cuarta opción de retiro habilitada para los afiliados: compensación de la caída en el ingreso mensual, según el Decreto 488 de 2020. Las administradoras de fondos de pensiones y cesantías (Porvenir, Skandia, Colfondos y Protección) no están cobrando comisión por retiros bajo esta última modalidad.
Sobre lo permitido para que el trabajador afiliado solicite el ahorro, la AFP Colfondos explicó que, si los recursos son para educación, el beneficio cubre al afiliado, hijos y al cónyuge. El estudiante debe estar admitido en un establecimiento educativo reconocido por el Ministerio de Educación y el dinero se le gira directamente a la institución educativa.
Y si es para vivienda, recordó que el Decreto 1072 de 2015 determinó seis casos en los cuales son admitidos los retiros parciales, entre esos la compra de la vivienda con su terreno o lote, solamente del terreno o lote o para la construcción en lote o terreno del afiliado o del cónyuge; asimismo, ampliación, reparación o mejora de la vivienda del afiliado o del cónyuge. Igualmente, para liberar gravámenes hipotecarios o pagar impuestos que afecten el inmueble y, finalmente, para la compra de títulos de vivienda en construcción.
Para el procedimiento, las cinco entidades administradoras de las cesantías de los 10 millones de afiliados disponen de canales virtuales para que puedan retirarlas sin salir de casa