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LA CONSTITUCIÓN DISPONE QUE ESTADO RESPONDE POR DAÑOS ANTIJURÍDICOS

24 de agosto de 2018
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Hay que recordar que el artículo 90 de la Constitución dice que el Estado debe responder por todo año antijurídico que se ocasione a un ciudadano. Y es también una jurisprudencia del Consejo de Estado que viene desde hace más de 20 años. Y si bien, frente a actos terroristas, el Consejo de Estado condenaba a la Nación cuando había víctimas por ataques a instalaciones militares o edificaciones estatales, ahora también lo aplica en atentados contra instituciones privadas. En este caso de El Nogal, hay dos razones: primera, el Consejo de Estado logró probar que tanto el Ministerio del Interior y Justicia como el de Defensa, realizaban en ese entonces reuniones y actividades en esa sede. Y segundo, se demostró que el DAS y la Fiscalía tenían noticias de amenazas de actos terroristas en el norte de Bogotá, y que uno de los posibles objetivos era ese club. Es decir, el Estado sabía, y falló su servicio de seguridad al no prevenir un acto dañoso.

También hay que precisar algo: en el tema del terrorismo, el Consejo de Estado no ha tenido siempre la misma línea, ha tenido cambios. Pero, en general, este fallo está acorde con la jurisprudencia de los últimos años. Lo que pasa es que el ciudadano no accede a todos los detalles del expediente.

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