En la medida en que la implementación de la JEP no esté definida por el Congreso, y la Corte Constitucional no se pronuncie sobre su constitucionalidad, se seguirán presentando debates sobre las disposiciones y alcances de esta justicia transicional.
Las precisiones que hace la fiscal de la Corte Penal Internacional son muy importantes. En primer lugar, porque la fiscal no dice que el sistema de la JEP promueva la impunidad ni que esté en desacuerdo con ella. Dice que hay que revisar cuatro puntos concretos que podrían dar problemas en el futuro, y es lo que le advierte a la Corte Constitucional.
Hay que precisar que quienes deben sentirse aludidas son las personas que hayan tenido participación en graves violaciones durante el conflicto. No creo que la JEP sea una preocupación específicamente para el Consejo Gremial, sino de aquellos empresarios, terceros, civiles, grupos armados que participaron en el conflicto. Y ahí la fiscal de la CPI dice que hay que tener cuidado con el término “activo”, ya que también se incurre en crímenes mediante la omisión. Entonces hay que definir bien cómo es el tipo de intervención que tendrá que valorar la JEP de los actores del conflicto, si fue por acción, si ayudó. Hay estándares internacionales que sirven para definir esto.
Regístrate al newsletter