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“Suspender decreto del salario mínimo pone en riesgo la Constitución y poder adquisitivo de trabajadores”: Petro

El Consejo de Estado suspendió el aumento del 23% del salario mínimo 2026 y ordenó al Gobierno expedir nuevo decreto transitorio. ¿Qué dijo el presidente Petro?

  • Gustavo Petro, presidente de Colombia. FOTO: Colprensa.
    Gustavo Petro, presidente de Colombia. FOTO: Colprensa.
hace 2 horas
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El Consejo de Estado suspendió provisionalmente el Decreto 1469 de 2025, que había fijado un aumento del 23% en el salario mínimo para 2026. El ajuste dejaba el ingreso mensual en $2 millones, incluido el auxilio de transporte.

Ahora, la Presidencia y el Ministerio del Trabajo deberán expedir un nuevo decreto en un plazo de ocho días, con un valor transitorio mientras se emite una decisión de fondo.

La decisión abrió el debate en pleno año electoral. Por eso, les presentamos reacciones de economistas, abogados y miembros del Gobierno Petro.

Puede leer: ¡Atención! Consejo de Estado suspende temporalmente aumento del 23% del salario mínimo

¿Qué dijo el presidente Petro tras suspensión del decreto del alza del salario mínimo?

El presidente Gustavo Petro, en su cuenta de X, defendió el decreto de salario mínimo vital y aseguró que su expedición responde a un mandato constitucional. Según afirmó, el acto administrativo ya firmado cumple con los criterios económicos exigidos y refleja adecuadamente las variables consideradas en su formulación.

Frente a la decisión del Consejo de Estado de ordenar la expedición de un decreto transitorio mientras se resuelve el proceso de fondo, el mandatario señaló que acatará la determinación judicial, pero que actuará conforme a la Constitución.

Indicó que el nuevo decreto seguirá los lineamientos constitucionales y mantendrá la orientación del salario vital.

“Por respeto al magistrado ponente, el ministro de Trabajo convocará de inmediato una reunión de concertación”.

Además, pidió la convocatoria de la coordinación de movimientos sociales para analizar la decisión judicial y el contenido del nuevo decreto que deberá expedirse.

El jefe de Estado sostuvo que la discusión se dará a la luz de las más recientes mediciones económicas y estudios técnicos, los cuales, según dijo, muestran una incidencia marginal del salario vital en el aumento de precios de algunos alimentos.

También planteó la necesidad de evaluar el impacto del alza de las tasas de interés sobre el empleo, el déficit y el comportamiento de los precios en Colombia.

El mandatario planteó que “el sector empresarial deberá definir si está dispuesto a avanzar hacia un pacto social que no responda exclusivamente a sus intereses o si opta por un escenario de confrontación social y política”.

Petro sostuvo que la suspensión de un decreto de salario mínimo vital pone en riesgo el principio constitucional que prohíbe el deterioro del poder adquisitivo del salario y limita las competencias del Gobierno en esta materia.

“Suspender un decreto de salario mínimo vital pone en riesgo la constitución que no permite deteriorar el poder adquisitivo del salario y anular la prerrogativa del gobierno y sus derechos en materia de salario. Dado el carácter social o antisocial que una medida sobre salarios debe tener. Invito al pueblo trabajador a expresarse sobre este asunto. El poder judicial debe saber que el gobierno se debe al voto que lo eligió y a la constitución nacional”.

Siga leyendo: Suspensión de salario mínimo: ¿cuánto tiempo tiene el Gobierno Petro para decretar uno nuevo?

Impacto macroeconómico y advertencia sobre incertidumbre

Luis Fernando Mejía, CEO de Lumen Economic Intelligence y exdirector de Fedesarrollo, explicó que la suspensión se dio por dudas jurídicas sobre la fundamentación del decreto frente a los criterios de la Ley 278 de 1996, especialmente en materia de inflación y productividad.

No obstante, precisó que el alto tribunal difirió los efectos de la suspensión. En la práctica, “el salario mínimo vigente sigue siendo el decretado mientras el Gobierno expide, en máximo ocho días, un nuevo decreto transitorio debidamente motivado, que regirá hasta la sentencia definitiva”.

Desde el frente macroeconómico, Mejía sostuvo que el fallo no altera de inmediato el choque de costos asociado al aumento del salario mínimo.

Sin embargo, alerta de un elemento adicional de incertidumbre que permanecerá hasta que el Consejo de Estado falle de fondo. A su juicio, esto podría traducirse en menores incentivos a la contratación formal y en una mayor dispersión en las expectativas de inflación.

Efectos laborales inmediatos y escenario jurídico inédito

Para Camilo Cuervo, socio abogado de Holland & Knight, el caso es inédito en Colombia y destacó la rapidez del Consejo de Estado al tomar la decisión.

En términos prácticos, explicó que los pagos ya realizados en enero y eventualmente en la primera quincena de febrero quedan en firme.

“Ningún trabajador tendrá que devolver dinero. El Gobierno cuenta con ocho días calendario desde la notificación, lo que llevaría el plazo, a más tardar, al próximo viernes o incluso sábado, para expedir un nuevo decreto ajustado a la ley”.

Cuervo indicó que el Consejo de Estado advirtió que el Ejecutivo habría excedido sus facultades legales, recordándole que la fijación del salario mínimo está regulada y debe atender factores expresos como inflación y productividad.

Esto implicará, probablemente desde la próxima semana, un nuevo salario mínimo transitorio. La segunda quincena o los últimos días de febrero podrían tener una base salarial distinta a la de la primera quincena, ya que lo pagado y causado hasta ahora queda intacto.

En su lectura, la decisión es la antesala de una eventual caída definitiva del decreto, dado el tono contundente del alto tribunal al advertir una posible violación flagrante en la fijación del salario mínimo.

Aunque consideró inconveniente que la discusión se dé en medio de una campaña electoral, sostuvo que “dejar pasar el tiempo habría generado mayores perjuicios, más presión sobre empleadores, encarecimiento, aumento del desempleo y de la informalidad”. Incluso afirmó que la decisión puede contribuir a frenar la escalada alcista de precios que empezaba a observarse.

Además: ¿Qué pasará con quienes ya habían recibido el aumento del 23,7% por salario mínimo? Esto dice el Consejo de Estado

El socio de Posse Herrera Ruiz, Vicente Umaña, explicó que la decisión del Consejo de Estado no tiene efectos inmediatos, ya que la suspensión del decreto que fijó el salario mínimo empezará a regir en ocho días, plazo que el alto tribunal otorgó al Gobierno para expedir un nuevo decreto.

“Los pagos que se realicen durante ese periodo deben liquidarse con el aumento vigente. Las quincenas que se paguen en estos días no cambian y los valores ya cancelados con base en el incremento del 23% se mantienen. Incluso si el nuevo decreto reduce el porcentaje, el dinero ya pagado no podrá ser reclamado a los trabajadores”, aclaró.

Umaña señaló que existe un antecedente en 2016 relacionado con el salario mínimo de 2015, que fue anulado en 2017, pero precisó que no se trató de una suspensión provisional como la actual, por lo que el caso no tiene precedentes directos.

De cara al nuevo escenario, indicó que la mesa de concertación debería reunirse nuevamente y aplicar los criterios económicos señalados por el Consejo de Estado, que, según la providencia, no habrían sido considerados plenamente en el decreto del 29 de diciembre.

Advirtió además que “el nuevo incremento no podría ser idéntico al 23%, dado que la ley y la decisión judicial exigen un ajuste conforme a parámetros específicos”.

Por eso, si el porcentaje disminuye, también se reducirán todos los conceptos indexados al salario mínimo, como cuotas de administración, multas y otros cobros atados a ese referente.

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