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Formulan cargos contra exdirectivos de Colpensiones por irregularidades en contratos

Al parecer, los exdirectivos aumentaron los valores de los contratos objeto de la investigación más allá del límite permitido por el estatuto de contratación estatal.

  • Por esos hechos, el órgano de control calificó la presunta conducta cometida por los investigados como una falta grave cometida con culpa grave. FOTO: Julio César Herrera
    Por esos hechos, el órgano de control calificó la presunta conducta cometida por los investigados como una falta grave cometida con culpa grave. FOTO: Julio César Herrera
25 de febrero de 2025
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La Procuraduría General de la Nación profirió pliego de cargos contra los exvicepresidentes de gestión corporativa de Colpensiones, María Elisa Morón Baute y Wilson Fernando Melo Velandia, por presuntas irregularidades en contratos de prestación de servicios.

Ambos exfuncionarios autorizaron adiciones superiores a 50 % del valor inicial de dos contratos de prestación de servicios, porcentaje prohibido por la Ley de Contratación.

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También son señalados de firmar, cada uno, un otrosí donde autorizaron adiciones que sumadas a otras concedidas previamente excedieron ese porcentaje. Ese bilateral fue firmado inicialmente por 41.296 millones de pesos, y estaba destinado a la vinculación de personal al Centro de Atención Telefónico de Colpensiones.

Por otro lado, Morón Baute suscribió dos otrosíes autorizando adiciones que al acumularse superaron el 50 % del valor inicial de un contrato suscrito por 32.700 millones de pesos, el cual tenía como objeto la incorporación de trabajadores en misión, que se realiza a través de empresas de servicios temporales.

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Para la Procuraduría, los investigados vulneraron el principio de moralidad dado que “aparentemente aumentaron los valores de los citados bilaterales por un monto más allá del límite permitido por el estatuto de contratación estatal, contrariando los deberes que les imponían sus cargos en virtud de la delegación para comprometer y ordenar el gasto, así como celebrar los contratos y convenios, necesarios para el buen funcionamiento de la administradora”.

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Por esos hechos, el órgano de control calificó la presunta conducta cometida por los investigados como una falta grave cometida con culpa grave.

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