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Gobierno impone arancel del 35% a las importaciones de calzado: así impactaría al sector

Las medidas aplicarán a las importaciones provenientes de países sin acuerdo comercial con Colombia y regirán para valores declarados entre US$7 y US$11 por par.

  • Gobierno busca proteger la producción nacional de calzado con la aplicación de aranceles. FOTO EL COLOMBIANO
    Gobierno busca proteger la producción nacional de calzado con la aplicación de aranceles. FOTO EL COLOMBIANO

El Gobierno Nacional expidió el Decreto 0594 de 2026, con el cual estableció un arancel de 35% para las importaciones de calzado cuyo precio FOB declarado sea igual o inferior a determinados umbrales. El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo explicó que tiene como objetivo de fortalecer la industria nacional.

La medida aplicará a las partidas arancelarias 6401, 6402, 6403, 6404 y 6405 cuando el valor declarado sea igual o inferior a umbrales que oscilan entre US$7 y US$11 por par. En el caso de las capelladas, clasificadas en la subpartida 6406, el arancel se cobrará cuando el precio FOB sea igual o inferior a US$5,90 por kilogramo bruto.

Colombia aumenta en un dólar los umbrales para el cobro de aranceles a la importación de zapatos. Todos los zapatos que valgan menos de 7 dólares el par y que vengan de países con los que Colombia no tiene un TLC vigente, como China y el sudeste asiático, pagarán aranceles de 35%. Estas son las tarifas establecidas en el decreto 594 de 2026.
Colombia aumenta en un dólar los umbrales para el cobro de aranceles a la importación de zapatos. Todos los zapatos que valgan menos de 7 dólares el par y que vengan de países con los que Colombia no tiene un TLC vigente, como China y el sudeste asiático, pagarán aranceles de 35%. Estas son las tarifas establecidas en el decreto 594 de 2026.

Para la partida arancelaria 6401, que incluye calzado impermeable y calzado de seguridad con puntera metálica, el Gobierno fijó un umbral de US$7 por par para la aplicación del arancel. El mismo umbral aplicará para las partidas 6402 y 6404, que comprenden diferentes tipos de calzado con suela y parte superior de caucho o plástico, así como calzado deportivo.

En el caso de la partida 6403, correspondiente al calzado con suela de caucho, plástico o cuero natural o regenerado y parte superior de cuero natural, el umbral quedó establecido en US$11 por par.

Por su parte, la partida 6405, que agrupa los demás tipos de calzado, incluidos aquellos con la parte superior elaborada en cuero natural o regenerado, tendrá un umbral de US$8 por par para la aplicación del arancel.

El MinComercio expidió el Decreto 0594 del 11 de junio de 2026, que establece un arancel de 35% para ciertas importaciones de calzado cuando el precio FOB declarado esté por debajo de unos umbrales específicos
El MinComercio expidió el Decreto 0594 del 11 de junio de 2026, que establece un arancel de 35% para ciertas importaciones de calzado cuando el precio FOB declarado esté por debajo de unos umbrales específicos

Según el Ministerio de Comercio, la decisión responde al aumento de las importaciones provenientes de países sin acuerdos comerciales con Colombia. El decreto señala que China concentró 56,2% de estas compras externas en 2025, seguida por Vietnam con 26,3% e Indonesia con 12,8%.

El documento también advirtió que las importaciones de calzado procedentes de países sin acuerdo comercial aumentaron 24,7% en 2025, mientras que las importaciones de capelladas crecieron 93,4%, cifras que, según el Gobierno, justifican la continuidad de las medidas de protección para la industria nacional.

La norma excluye a las importaciones originarias de países con los que Colombia mantiene acuerdos comerciales vigentes y tendrá una vigencia de cinco años. Una vez finalice ese periodo, el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior evaluará la pertinencia de mantener o desmontar la medida.

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