Ante un panorama en el que la Corte Constitucional estudia la exequibilidad o no de la Ley de Financiamiento a raíz de 36 demandas en su contra (22 en curso, diez archivadas, dos inhibidas y otras dos acumuladas a otros expedientes en estudio), algunas entidades emitieron su concepto técnico sobre la posible caída de la norma.
Los artículos más recurrentes en las demandas activas son el tributo a los bienes inmuebles (artículo 21), el impuesto unificado bajo el régimen simple (artículo 66), el de megainversiones (artículo 67, 68), la sobretasa del 4 % al sector financiero (artículo 240 - parágrafo 7), el IVA plurifásico (artículo 87), el carácter reservado del sistema de Gestión de Riesgos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) (artículo 112), entre otros.
Además, hay cuatro denunciantes que piden, incluso, la inconstitucionalidad contra todo el mandato por anomalías de forma, como es el caso de la que presentó el exvicepresidente Germán Vargas Lleras o la del senador Jorge Enrique Robledo y su bancada.
“El Senado votó sin conocer el articulado, se nos dijo que como ya había sido aprobada en la Cámara, no podíamos modificarla. Entonces, ahí hay un vicio y por eso debe hundirse toda”, puntualizó Robledo.
Lo que se habría violado es lo que dicta la Ley Quinta del Congreso, en la cual se exige la publicidad del texto aprobado previamente en Cámara para su debate en Senado.
En este contexto, a petición de la misma autoridad jurídica, tanto la Asociación Nacional de Empresarios (Andi), en cabeza de Bruce Mac Master; la Fundación para la Educación Superior y el Desarrollo (Fedesarrollo), dirigida por Luis Fernando Mejía y la Asociación Nacional de Instituciones Financieras (Anif), presidida por Sergio Clavijo, realizaron análisis en los que plantearon las consecuencias económicas que enfrentaría el país si la autoridad resuelve a favor o en contra de los demandantes.
Por un lado, la Andi expone que a diferencia de las expectativas de crecimiento que se tenían para 2020 (4 %), la economía del país crecería a penas 2,7 %. Fedesarrollo es un poco más optimista y dice que tendría un PIB de 3 %. Por su parte, Sergio Clavijo, de Anif, prefirió esperar a que se pronuncie la Corte, antes de comentar el tema con los medios (ver Gráfico).
Tanto Andi como Fedesarrollo consideran que la Corte debe declarar exequible la norma (ver Módulos).
¿Desecharla toda?
José Roberto Acosta, miembro de la Red de Justicia Tributaria, explicó que si se tumba la legislación, no serían tan graves sus consecuencias económicas.
“El ministro de Hacienda ha dicho que con el recaudo de 6,72 billones de pesos de la Ley de Financiamiento habría un superávit fiscal de 0,6 % a abril de 2020; pero en realidad es una mentira su sostenibilidad, porque si tenemos en cuenta que habrá una exención de 12 billones de pesos para personas jurídicas; el hueco fiscal que se va a generar es mucho mayor”, puntualizó.
De hecho, Fedesarrollo reconoce que si bien una declaratoria de inexequibilidad podría en principio conducir a un mayor recaudo tributario, los costos en incertidumbre, inversión y menor crecimiento que se generarían con esa declaratoria sobrepasan los eventuales beneficios derivados de un posible aumento en los ingresos por impuestos. “En efecto, estimamos que tal decisión podría tener un impacto de reducción de 0,8 % en el crecimiento económico de cada año”.
Es importante resaltar que si la norma se cae, también lo hacen los 12 decretos reglamentarios, entre ellos el del régimen simple, el de bienes inmuebles y el de rentas exentas para economía naranja. Según información de la Dian, a septiembre de este año el monto recaudado por impuesto al patrimonio, normalización tributaria, retención al consumo de bienes inmuebles, el simple de tributación, el IVA por bienes de capital y el plurifásico, fue de 3,4 billones de pesos.
Por partes
Según cálculos de Fedesarrollo, si se eliminara, por ejemplo, la sobretasa al sector financiero, se generarían pérdidas adicionales sobre lo que se recoge por impuestos como porcentaje del PIB. Particularmente, el adicional total caería en cerca de 0,1 % en los próximos dos años (2020 y 2021).
En el análisis de la entidad, se destaca que actualmente Colombia enfrenta grandes retos en materia fiscal. Con la desaceleración económica producto de la caída de los precios del petróleo, los ingresos provenientes del sector minero energético han sido menores a los observados durante el auge de los commodities.
“En este contexto, el propósito de la Ley de Financiamiento fue incentivar el crecimiento económico principalmente a través de una reducción en la carga impositiva sobre las personas jurídicas”, enfatizan.
Uno de los factores que resaltan es el hecho de que con el descuento del 100% del IVA pagado por adquisición de bienes de capital introducido por la Ley “ha llevado a que la inversión de maquinaria y equipo aumente considerablemente, alcanzando un incremento promedio de 15,2 % en lo corrido de 2019, muy superior al 2,4 % observado en 2018”.
La Andi concuerda en que la caída de la norma implicaría un reversazo en términos de competitividad tributaria, simplificación del régimen impositivo y en la lucha contra la evasión. “El cambio continuo en las reglas de juego, sumado al retorno de una mayor tarifa corporativa, se traduce en un desincentivo a la inversión y al crecimiento” concluyó el análisis.
Ayer en el orden del día de la Corte estaba dispuesto un punto para discutir sobre la exequibilidad del régimen simple. La próxima semana se espera que estudien cerca de siete ponencias, teniendo en cuenta los conceptos técnicos recibidos. En manos de esta autoridad está el futuro tributario del país.