El 5 de mayo de 2021, Alejandro Uribe Fajardo se encontraba con amigo en una actividad cultural en el Parque de los Deseos, organizada en el marco del estallido social, cuando llegó la fuerza pública y sin mediar palabra comenzó a lanzar gases lacrimógenos y entonces se armó la estampida y la trifulca.
Alejandro y su amigo Juan Pablo corrieron para intentar ocultarse en un sector de Ruta N a esperar que pasara la confrontación. Sin embargo, los agentes del Esmad se desplegaron por toda esa zona desde el Jardín Botánico hasta Ruta N y cuando un uniformado del escuadrón antidisturbios vio a Alejandro, su amigo y otras personas que se resguardaban en el lugar apuntó su arma hacia ellos y uno de los disparos impactó directamente en el rostro de Alejandro.
Inmediatamente su amigo lo llevó casi arrastrado en un charco de sangre que le cubría el rostro hasta la clínica León XIII. Allí ingresó inmediatamente a cirugía, pero tras varias horas los médicos salieron a avisarle a los familiares que había sido imposible salvar su ojo.
El día que hirieron a Alejandro hasta la propia alcaldía de Medellín denunció excesos de la Fuerza Pública que incluyeron disparos y agentes de la fuerza pública que habrían lanzado objetos encendidos directamente a la humanidad de decenas de jóvenes, presuntamente, para intentar incinerarlos. También la Personería hizo alertas por detenciones irregulares de al menos cinco jóvenes y hasta las instalaciones del Parque Explora resultaron afectadas en medio de las confrontaciones.
Alejandro demandó al Estado y ahora tres años después un fallo en primera instancia del Juzgado 22 Administrativo Oral de Medellín condenó a la Nación, al Ministerio de Defensa y a la Policía Nacional por los daños ocasionados al joven y le ordenó indemnizarlos con $288 millones por perjuicios materiales a título de daño emergente y por perjuicios materiales a título de lucro cesante.
Pero, además, el fallo es ejemplar porque también incluyó entre los afectados al núcleo familiar de Alejandro. Sus padres Juan Camilo Uribe y Mary Luz Fajardo recibirán 60 salarios mínimos legales mensuales vigentes, para cada uno, por concepto de perjuicios morales.
Su abuela recibirá cerca de $39 millones, equivalentes a 30 salarios mínimos, y finalmente sus dos tíos también serán indemnizados con 21 salarios mínimos cada uno.
Según señaló Vanesa Vasco, abogada de Alejandro, este es un fallo que puede tener repercusiones importantes en todo el país, pues la sentencia reconoció “la sistematicidad con que los integrantes del Esmad acataron en contra de la protesta, como vulneraron los derechos de los ciudadanos, las ciudadanas y la protesta, quienes se movilizaban en ese momento en el estallido social”, explicó.
La abogada señaló que este caso puede marcar un precedente judicial en favor de los jóvenes que resultaron con secuelas en medio de agresiones durante el estallido social. Pues hasta ahora –planteó Vasco– lo que ha alegado la policía y la Nación ante la justicia es que las personas que resultaron afectadas en medio de las protestas estaban participando en supuestas confrontaciones contra la fuerza pública, pero en este caso se demostró que no hubo dicha confrontación, sino que fue un ataque alevoso por parte del Esmad. Pero, además, apuntó que ese argumento de entrada desconoce el derecho a la protesta porque básicamente lo que, a juicio de la fuerza pública, las personas no debieron haberse reunido para participar de acciones completamente cobijadas por la Constitución.
“Este fallo es de primera instancia, es decir que todavía no se encuentra ejecutoriado, tendrá que pasar a una segunda instancia donde el Tribunal Administrativo de Antioquia tendrá que tomar la decisión respecto a si confirma este fallo o si por el contrario lo modifica”, expresó Vasco.
El fallo seguramente tendrá un impacto nacional, pues según la Federación Médica Colombiana y diversas organizaciones como la ONG Temblores concluyeron que hubo al menos 103 personas con lesiones oculares por ataques de la fuerza pública en medio del estallido social de 2021. Según Temblores, la mayoría de los afectados fueron jóvenes estudiantes con edades entre los 18 y los 22 años. De esos 103 heridos, 24 terminaron en mutilación de alguno de sus ojos.
En el informe “Hechos delictivos ocurridos en el marco de la protesta social”, la Fiscalía documentó 65 casos de personas con lesiones oculares en medio del estallido que comenzó el abril de ese año. Solo uno de ellos fue documentado en Medellín (el caso de Alejandro). De estos, se han adelantado investigaciones en 58 casos, pues el resto fue desestimado. La Fiscalía reconoció la dificultad para poder establecer la responsabilidad individual o el contexto puntual en el que se dieron varias de estas agresiones y de ahí la complejidad para avanzar en los casos.
El pasado mes de abril la Fiscalía imputó a los integrantes del Esmad Álvaro Ramírez Castro y Danilo José Núñez, como presuntos responsables de ocasionar la perdida de un ojo a Leidy Natalia Cadena, una joven de 22 años que salió a protestar el 28 de abril en Bogotá y recibió un disparo que la mutiló.