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Atención, residentes: la SIC prohíbe a las administraciones exigir datos biométricos para entrar a conjuntos

La Superintendencia de Industria y Comercio recordó que los datos biométricos son información sensible y que ninguna copropiedad puede condicionar el acceso de residentes a la entrega de este tipo de datos.

  • La SIC ordena a los conjuntos ofrecer alternativas si no quiere entregar sus datos biométricos. Foto: El Colombiano / Getty
    La SIC ordena a los conjuntos ofrecer alternativas si no quiere entregar sus datos biométricos. Foto: El Colombiano / Getty
hace 5 horas
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El uso de reconocimiento facial, huellas dactilares o escaneo del iris para ingresar a conjuntos residenciales es cada vez más común en Colombia como una medida para reforzar la seguridad. Sin embargo, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) advirtió que estas tecnologías no pueden imponerse como requisito obligatorio para entrar a una copropiedad.

La autoridad nacional de protección de datos determinó que las administraciones de propiedades horizontales no podrán exigir a propietarios o residentes la entrega de datos biométricos para autorizar su ingreso. En su lugar, deberán ofrecer alternativas de acceso que no impliquen el tratamiento de información sensible, como tarjetas de proximidad, códigos de seguridad o el ingreso mediante personal de vigilancia.

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La decisión surgió tras una investigación a un conjunto residencial de Bogotá. De acuerdo con la Resolución 52185 de 2025, la administración recolectó y trató datos mediante un sistema de reconocimiento facial sin contar con la “autorización previa, expresa e informada de algunos residentes”. Además, se negó a eliminar esa información cuando algunos titulares solicitaron su supresión.

A partir de ese caso, la Dirección de Habeas Data de la SIC reiteró que los datos biométricos hacen parte de la categoría de información sensible. La Ley 1581 de 2012 establece que son aquellos que “afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación”, por lo que su tratamiento exige mayores garantías de protección.

La entidad también recordó que los ciudadanos no están obligados a autorizar el uso de este tipo de información y enfatizó que “no se puede condicionar una actividad al suministro de datos sensibles”. En consecuencia, ningún residente puede ser privado del acceso a su vivienda por negarse a entregar su huella, su rostro o cualquier otro dato biométrico.

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Además de implementar mecanismos alternativos de ingreso, la SIC ordenó al conjunto investigado eliminar los registros biométricos de las personas que así lo soliciten. La medida busca evitar que continúe el tratamiento de información sin el consentimiento exigido por la ley.

La Superintendencia explicó que las copropiedades actúan como responsables del tratamiento de datos personales y, por tanto, deben cumplir las obligaciones previstas en la normativa. Esto incluye evaluar previamente los riesgos de cualquier tecnología que recolecte información biométrica, obtener el consentimiento válido de los usuarios y garantizar medidas de seguridad que protejan esos datos.

La autoridad advirtió que una filtración o uso indebido de información biométrica puede tener “consecuencias irreversibles para la identidad y seguridad de las personas”, debido a que, a diferencia de una contraseña o una tarjeta de acceso, estos datos no pueden modificarse una vez quedan comprometidos.

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