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Rechazan acción de tutela contra Salazar

  • Rechazan acción de tutela contra Salazar | Archivo | El alcalde Alonso Salazar fue notificado este martes de la decisión.
    Rechazan acción de tutela contra Salazar | Archivo | El alcalde Alonso Salazar fue notificado este martes de la decisión.
01 de noviembre de 2011
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El juzgado 25 penal del circuito notificó ayer al despacho del alcalde Alonso Salazar, que había rechazado, por improcedente, la acción de tutela interpuesta por Diego Javier Galeano García.

Mediante este mecanismo jurídico, Galeano García buscó que se le repusiera su derecho al buen nombre, pues, según él, la afirmación hecha por el mandatario local en declaraciones a este diario, con la publicación de la nota "Ilegales apoyan a Luis Pérez: Salazar", el pasado 7 de octubre, significó una afectación al mencionado derecho constitucional.

La noticia publicada en esa fecha hace mención a las denuncias formuladas por el alcalde Salazar, respecto al apoyo que supuestos miembros de grupos ilegales estaban brindando al candidato a la Alcaldía Luis Pérez Gutiérrez.

En ese informe periodístico se resalta la participación de varias personas en una reunión política con Pérez Gutiérrez y, de acuerdo con la versión entregada por el Alcalde y las fotos suministradas por él, este encuentro contó con la presencia del demandante Galeano García, funcionario de la administración municipal.

A solicitud de los mencionados en dicho informe, EL COLOMBIANO publicó la carta de solicitud de rectificación sobre las afirmaciones publicadas. Este diario, adicionalmente, indagó con las autoridades los antecedentes o investigaciones pendientes a quienes allí aparecen.

El resultado de esta pesquisa es que Diego Javier Galeano García tiene una condena pendiente por fabricación y porte ilegal de armas. Al presentar la acción de tutela, Galeano asegura haber cumplido su pena y reclama que este hecho lo exime de ser considerado todavía un ilegal.

Sin embargo, el juez penal de conocimiento falló respecto a la petición del demandante que "se niega por improcedente, la acción tutelar invocada por el señor Diego Javier Galeano García, y dadas las razones que se dejaron consignadas en precedencia".

Esto significa que el juez no encontró pruebas suficientes de que el argumento de extinción de condena, presentado por el demandante, sea cierto.

El juez agregó en el fallo que de no ser impugnada la decisión, dentro del término legal, el expediente se puede remitir a la Corte Constitucional.

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