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Condenas contra los directivos de Interbolsa no pasarán de 9 años

Varios juristas analizan lo que sucedió y lo que viene en Interbolsa: el 24 de junio será la audiencia de imputación de cargos

27 de mayo de 2013
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Casi siete meses después de que estallara el mayor escándalo financiero del país, con el descalabro del grupo financiero Interbolsa, todo está listo para que el próximo 24 de junio se les imputen cargos a los 16 involucrados con la caída.

Aunque en el mercado de valores exigen penas ejemplarizantes, todo parece indicar que máximo, los directivos del grupo estarían en la cárcel por 9 años por manipulación de acciones, administración desleal, operaciones no autorizadas con accionistas o asociados y concierto para delinquir, delitos contemplados en el Código Penal.

Las sanciones por estos delitos contemplan la privación de la libertad y pagos monetarios. Según el Código Penal, para los delitos de operaciones no autorizadas y manipulación de acciones, la pena sería de prisión de entre 32 y 108 meses y multa hasta de 50.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes. El delito de administración desleal da prisión de entre 48 y 96 meses, y el de concierto para delinquir, entre 48 y 108 meses. En casos como este, el Juez suele condenar por el delito que otorga la pena más alta.

Lo que pasó y lo que viene
El profesor de derecho Penal del Politécnico Grancolombiano, Fernando Aza, explica de qué se trata el anuncio de la Fiscalía: "La imputación de cargos es un simple acto de comunicación para decirle a las personas que se le investigó por esos cargos que se le van a imputar".

A partir de ahí, la Fiscalía tiene entre 90 y 120 días, dependiendo de la cantidad de imputados, para emitir la resolución de acusación, la cual se hace a través de una audiencia de imputación que se hace ante un juez de control de garantías.

El tiempo que tarde el juez en emitir esta resolución dependerá del número de personas que se presenten. Aza explica que, si son más de tres los asistentes el próximo 24 de junio, el plazo se extiende a 120 días; sino, serían 90.

Luego de hacer la resolución, de manera paralela se puede solicitar una medida de aseguramiento, "lo más probable es que cuando se realiza la imputación en una audiencia se puede solicitar medida de aseguramiento, que es de dos clases: las privativas de la libertad y la no privativas", concluye el profesor.

De qué se tratan los delitos
Si bien el pasado 15 de noviembre el Fiscal, Eduardo Montealegre anunció la apertura de la investigación por cuatro delitos: incumplir el deber de asesoría, conflicto de interés, manipulación accionaria y el haber intentado comprar una empresa emisora sin realizar la OPA correspondiente, de estos solo dos son los que se imputarán.

Sobre el delito de operaciones no autorizadas, según el Código Penal, trata de la "acción que el director, administrador, representante legal (...), que otorgue créditos o efectúe descuentos en forma directa o por interpuesta persona, a los accionistas o asociados de la propia entidad, por encima de las autorizaciones legales". En este caso se relaciona con los créditos de la Clínica La Candelaria, donde se habla de una triangulación de dinero.

Sobre la manipulación de acciones, que ha sido uno de los temas más debatidos, por los indicios que presentaron tanto el Autorregulador del Mercado de Valores como la Superintendencia Financiera, el Código afirma que es delito realizar transacciones, con la intención de producir una apariencia de mayor liquidez respecto de determinada acción, valor o instrumento inscritos en el Registro Nacional de Valores y Emisores o efectuar maniobras fraudulentas con la intención de alterar la cotización de los mismos. En este caso se trata de la acción de la textilera Fabricato que pasó de 30 pesos a 90 pesos en un plazo de año y medio.

En el caso de la administración desleal, consiste en el abuso de las funciones propias del cargo que se concreta en la disposición fraudulenta de los bienes de la sociedad y en contraer obligaciones a cargo de ésta, en beneficio propio o de terceros.

Finalmente está el concierto para delinquir, que según el Código es "cuando varias personas se concierten con el fin de cometer delitos, cada una de ellas será penada, por ese solo hecho, con prisión de tres a seis años".

Para el abogado penalista, Jaime Granados, "las acciones de la Superintendencia de Sociedades y de la Fiscalía son bien recibidas, toda vez que buscan los responsables de la caída de Interbolsa".

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