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Absuelven al Seguro Social por supuesto mal procedimiento en cirugía

02 de septiembre de 2013
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Un fallo del Consejo de Estado acaba de evitar que el Instituto de Seguros Sociales (ISS) debiera pagar una millonaria indenmización a una mujer a quien en medio de una cirugía por apendicitis le extirparon las trompas de falopio, sin su consentimiento.
 
La mujer demandó al ISS por considerar que no hubo un adecuado diagnóstico del apendicitis y que la extirpación, teniendo apenas 19 años, ya no le permite tener hijos.
 
No obstante, el Consejo de Estado determinó que no hubo negligencia ni falta del servicio por parte del centro hospitalario sino que, al contrario, evitó su muerte.
 
La Sección Tercera, con ponencia de la magistrada Olga Mélida Valle de la Hoz, señaló que la paciente no fue llevada a cirugía el día que ingresó porque no tenía ese cuadro médico.
 
“A la paciente se le realizaron varios exámenes, fue evaluada por especialistas, asistida por personal auxiliar, y ésta no fue llevada a cirugía el día de su ingreso por no presentar cuadro clínico de apendicitis, así como también dejó ver que no era clara la causa de la peritonitis padecida por la paciente y que terminó en la extirpación de sus trompas de Falopio, que de no haberse extraído, la paciente podría haber muerto”, señala el fallo.
 
La Sala estimó que en este caso no hubo falla en el servicio por falta de consentimiento ya que era una “inaplazable intervención”, que se originó de una emergencia médica.
 
“Se observa claramente de acuerdo con los exámenes realizados que a la paciente se le ordenó el tratamiento, y cuando finalmente se descubrió que padecía apendicitis, le fue practicada la apendicectomía, con los resultados ya conocidos, los cuales no podrían ser imputados al Estado, toda vez que no se debieron a una negligencia por parte del personal médico, sino a la evolución de la enfermedad; la misma que de no haber sido tratada de la forma en que lo hicieron los médicos, habría provocado la muerte de la señora”, concluye la sentencia.

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