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Así buscan regular venta y porte de armas traumáticas

El Ministerio de Defensa evaluará esta propuesta hecha por la Consejería que lidera Rafael Guarín.

  • El proyecto de decreto para regular el porte y venta de armas traumáticas fue presentado por la Consejería Presidencial para la Seguridad Nacional ante el Ministerio de Defensa. FOTO Colprensa
    El proyecto de decreto para regular el porte y venta de armas traumáticas fue presentado por la Consejería Presidencial para la Seguridad Nacional ante el Ministerio de Defensa. FOTO Colprensa
16 de junio de 2021
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La Consejería Presidencial para la Seguridad Nacional, en cabeza de Rafael Guarín, le envió al Ministerio de Defensa un proyecto de decreto para la reglamentación de armas traumáticas en el país, dándoles la misma relevancia que tienen actualmente las armas de fuego.

En este caso, las armas traumáticas pasarían a tener restricciones para su porte, venta y distribución, por lo que de incurrir en acciones indebidas con estas, la persona que lo haga se someterá a responder por un delito que lo puede llevar a la cárcel. Eso se daría porque el proyecto dice que las armas traumáticas se consideran armas de fuego en los términos del artículo 6 del Decreto Ley 2535 de 1993.

¿A qué se enfrentaría una persona en caso de que se expida el decreto? Sin el debido permiso de porte de armas traumáticas, a la persona se le aplicaría el artículo 365 del Código Penal, que consagra que “el que sin permiso de autoridad competente importe, trafique, fabrique, transporte, almacene, distribuya, venda, suministre, repare, porte o tenga en un lugar armas de fuego de defensa personal, sus partes esenciales, accesorios esenciales o municiones, incurrirá en prisión de nueve (9) a doce (12) años”.

El proyecto de decreto tiene como fundamento el principio constitucional de monopolio de las armas y de exclusividad del uso de la fuerza en cabeza del Estado. Las armas no son un derecho, señala la Política Marco de Convivencia y Seguridad Ciudadana, conforme a la jurisprudencia de la Corte Constitucional.

El concepto técnico suscrito por la Jefatura de Policía Científica y Criminalística de la Policía Nacional, entregado por esta Consejería al Ministerio de Defensa el 25 de mayo pasado, concluye que “una vez realizado el procedimiento de descripción técnica de los elementos empleados en el análisis (arma de fuego tipo pistola vs. arma traumática), se observa que estos presentan similitud en sus características físicas, así mismo el funcionamiento físico y químico de estos emplean el mismo principio, el cual consta de la combustión de una sustancia química para expulsar el proyectil”.

La Consejería Presidencial para la Seguridad Nacional recordó que el documento de política gubernamental señala que “se buscará el desarme y no la compra de armamento, dando total prevalencia al monopolio de las armas y el carácter excepcional que tiene el acceso a las mismas por parte de particulares”.

En los últimos días, de acuerdo al reporte del Ministerio de Defensa dirigido por Diego Molano, entre el 28 de abril y el 14 de junio pasado se han incautado, en el marco del paro nacional, 890 armas traumáticas.

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