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Que una persona después de ocupar un cargo público se enriquezca y no pueda justificar su patrimonio es una de las conductas más reprochables entre la ciudadanía, y existen casos en todos los niveles da la administración pública.
Este punto de la Consulta tiene por objeto que cualquier ciudadano conozca la declaración de renta de todos los electos, algo que no muchos aceptan alegando riesgos.
Para el senador Iván Marulanda, de la Alianza Verde, los políticos deben darle garantías de confianza a la ciudadanía, y exponer la declaración de renta “porque el que nada debe, nada teme, y si las ganancias obtenidas no son producto de ilegalidades no hay por qué tener problema”.
Al respecto el senador Santiago Valencia, del Centro Democrático, explicó que esa iniciativa fue objeto de estudio en el Congreso, pero que todo depende. “Es peligroso revelar la declaración porque no vivimos en un país que de condiciones de seguridad en todas partes. Debería haber un banco privado donde una pueda entregar su declaración cuando inicia, y otra cuando termina, para que los organismos de control pueden revisar que no haya un incremento injustificado de bienes”.
Pregunta 6 de la Consulta: ¿Aprueba usted obligar a todos los electos mediante voto popular a hacer público sus declaraciones de bienes, patrimonio, rentas, pago de impuestos y conflictos de interés, como requisito para posesionarse y ejercer el cargo; incorporando la facultad de iniciar de oficio investigaciones penales y aplicar la extinción de dominio al elegido y a su potencial red de testaferros (...)?
A FAVOR
Alicia Peñaranda Fernández
Asesora política y docente de Marketing Político de la U. Eafit
La pregunta 6, es quizá, uno de los interrogantes presentados a la ciudadanía que más hincapié hace en la obligación que cada uno de los colombianos tenemos con la garantía de la probidad en la función pública.
Exigir como requisito para la posesión y el ejercicio del cargo de funcionarios públicos electos mediante voto popular, hacer públicas sus declaraciones de bienes, patrimonio, rentas, pago de impuestos y sus eventuales conflictos de intereses, es una medida adecuada para controlar socialmente el incremento en el patrimonio de dichos funcionarios, velar por la fiscalización de la función pública y controlar el nepotismo al interior de las entidades públicas. Además, tal como se propone en la Consulta Anticorrupción, de ser aprobada la pregunta 6, deberá incorporarse legalmente la facultad de iniciar de oficio investigaciones penales y aplicar, a su vez, la extinción de dominio tanto al funcionario corrupto como a su potencial red de testaferros, tales como, cónyuge, compañero o compañera permanente pasando por sus hermanos, hijos, nietos, cuñados, tíos, sobrinos, biznietos y primos. Así, la ciudadanía tendría un mayor control sobre la forma en que se administran e invierten los dineros de todos los colombianos.
EN CONTRA
Pedro Luis Pemberthy López
Director Departamento Ciencia Política, U. Nacional, sede Medellín.
Esta pregunta de la Consulta es ambigua e inocua. Si bien es plausible toda forma de expresión democrática participativa, esto debe entenderse en el sentido de que sirva para defenderla o reforzarla y no como instrumento de activismo político oportunista. La ambigüedad se refiere es a quien le correspondería o tendría la competencia para hacer dicha publicación. ¿Debe mediar o existir previamente una decisión judicial? ¿O solo bastaría que algunas formas asociativas de ciudadanos así lo consideren? En el primer caso la pregunta no dice nada nuevo, ya que existe en el ordenamiento que mediante sentencia se determine qué bienes son adquiridos de forma ilegal o injusta. En el segundo caso se tendría la grave consecuencia de una cacería de brujas que resultaría más nociva que la enfermedad. Esto es inofensivo porque luego de proferida la sentencia que determina la culpabilidad del imputado, viene lo que se denomina la ejecución del fallo y por tanto la expropiación o extinción del dominio, que no puede confundirse con confiscación por expresa prohibición constitucional. Ahora, no debe olvidarse que desde el juez se respetan y garantizan los derechos ciudadanos, entre otros, el de la buena fe, la presunción de inocencia, el debido proceso y la propiedad privada.
ABSTENCIÓN
Pedro Piedrahita Bustamante
Dr. Derecho Internacional, profesor Ciencia Política U. de Medellín
Desde la teoría política se considera que el mayor incumplimiento de la democracia y de los políticos profesionales que participan de ella es la eliminación del secreto en el poder. En pocas palabras, se incumple el principio de publicidad, el cual se entiende en dos dimensiones: los actos de los políticos deben ser públicos y la ciudadanía debe supervisar dichos actos. El mismo Immanuel Kant consideró que los actos relacionados con los derechos de otros hombres deben ser públicos, pues de lo contrario, serían injustos. A partir de estas ideas es que entiendo la pregunta seis de la
Consulta Anticorrupción. Sin embargo, tengo algunos cuestionamientos.
El primero es que los dineros obtenidos de manera ilícita no son declarados, son mantenidos en el más absoluto secreto o ¿será que el corrupto o el ladrón declaran los dineros ilegales? Segundo, si lo que se pretende es detectar procesos de lavados de activos y enriquecimiento injustificado para eso existen la Unidad de Análisis Financiero (UIAF) y la Fiscalía. Ahora bien, la publicidad de los conflictos de interés sí la considero una medida necesaria, pero habrá que mirar a través de qué mecanismos será posible obligar a los políticos electos a hacerlo. ¿Se llegará a la raíz de la corrupción con estas medidas?
Otros puntos de la consulta:
1. ¿Bajar sueldo a congresistas disminuye la corrupción?
2. La condena perpetua contra quienes se roben recursos públicos
3. ¿Es viable tener un molde para los contratos con el sector público?
4. Más participación ciudadana en la inversión pública, ese es el dilema
5. Recomendar a alguien para un empleo también debe informarse
6. Los pros y los contra de revelar la declaración de renta en Colombia