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Daniel Carvalho salvó su curul en la Cámara de Representantes

Lo acusaban de doble militancia por apoyar a Sergio Fajardo en vez de a Ingrid Betancourt.

  • Daniel Carvalho no incurrió en doble militancia, según el Consejo de Estado. FOTO ARCHIVO
    Daniel Carvalho no incurrió en doble militancia, según el Consejo de Estado. FOTO ARCHIVO
08 de junio de 2023
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El Consejo de Estado rechazó los argumentos de una demanda que pedía la pérdida de la curul que ocupa el representante a la Cámara por Antioquia Daniel Carvalho debido a una presunta doble militancia en las elecciones de 2022.

Ese año, Carvalho fue elegido al órgano legislativo con el aval del Partido Verde Oxígeno; sin embargo, luego decidió apoyar a Sergio Fajardo (quien se presentó para la Presidencia de la República a nombre de la Alianza Social Independiente, ASI), en vez de a la líder de su movimiento, Ingrid Betancourt, en un hecho que para el demandante, Luis Humberto Guidales, veedor de la organización Transparencia Electoral, configura la doble militancia, que es castigada en el Código Electoral con la pérdida de la silla ganada.

Tanto Carvalho como el hoy senador Humberto de la Calle fueron expulsados del movimiento de Betancourt por razones idénticas y allí existía la presunción de que, en consecuencia, no debieron posesionarse el 20 de julio pasado.

Ahora, en un fallo del 25 de mayo pasado, pero conocido apenas en las últimas horas, el contencioso no le dio crédito a la argumentación de Guidales.

La primera de las razones planteadas en el texto de 26 páginas es que aunque el partido haya expulsado a Carvalho la legislación electoral no contempla la obligación de que este debiera renunciar a su curul.

“Así pues, debe concluirse que las consecuencias de la expulsión del partido elegido, en este caso, representante a la Cámara, solo aplican a nivel de su participación al interior de la corporación, es decir, la posibilidad de formar parte de la bancada y todos los derechos derivados de su pertenencia a la colectividad, tales como financiación, acceso a los medios de comunicación o apoyos por parte de la organización”, apunta el fallo.

Pero, más aún, el alto tribunal también invalidó la expulsión de Carvalho y De la Calle, que se decidió en la asamblea extraordinaria del Verde Oxígeno el 16 de julio de 2022. Esto por considerar que se les violó el debido proceso, ya que no se siguió el procedimiento ni se hizo por el órgano directivo que establecen sus estatutos.

El otro bloque argumentativo de la doble militancia se basaba en el supuesto respaldo público que Carvalho le dio a Fajardo; no obstante, según el Consejo de Estado, no se configuró ninguna infracción porque en ese momento aquel no era candidato, sino precandidato dentro de la coalición Centro Esperanza.

“Lo cierto es que esta Sala de lo electoral ha definido, en diferentes providencias, que para la configuración de la conducta prohibitiva el apoyado debe ostentar la calidad de candidato, pues el apoyo recayó en la jornada de consulta, precisamente para elegir quién sería el representante de la Coalición Verde Esperanza a las elecciones presidenciales”, dice la sentencia.

Las pruebas presentadas para sustentar la adscripción de Carvalho a la aspiración de Fajardo fueron los contenidos de su página web; no obstante, el Consejo de Estado no las avaló debido a que no se pudo demostrar que hubiera invitado a sus electores a depositar su voto por el exgobernador de Antioquia.

Contra el fallo no hay ningún recurso posible, por ser una decisión de cierre. Tras conocerlo, el Representante aseguró que aunque estaba tranquilo por considerar que siempre actuó apegado a la ley, la sentencia en última instancia le da tranquilidad de poder concentrarse plenamente en la labor legislativa y de que “los votos de casi 40 mil antioqueños que han creído en nuestro proyecto y nuestra voz están a salvo en el Congreso”.

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