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Factcheck: Petro, otra vez con denuncias de fraude electoral pese a fallo judicial

Este jueves, a través de su cuenta en X, el jefe de Estado cuestionó una intervención del registrador nacional, Hernán Penagos.

  • Presidente Gustavo Petro. Foto: Colprensa
    Presidente Gustavo Petro. Foto: Colprensa
hace 3 horas
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Para el presidente Gustavo Petro no bastan los fallos judiciales para desistir de su narrativa de fraude electoral. Aun cuando la justicia le ha llamado la atención por este tipo de mensajes, el mandatario insiste sin presentar pruebas.

Este jueves, a través de su cuenta en X, el jefe de Estado cuestionó una intervención del registrador nacional, Hernán Penagos, quien afirmó que “la entrega del código fuente no se lleva a cabo en ninguna nación democrática” y que “en Latinoamérica a nadie se le ocurre entregar o solicitar el código fuente”.

También advirtió que los riesgos de vulnerabilidad y posibles ataques a ese código son “altísimos”.

En uno de sus habituales mensajes extensos, Petro calificó esas declaraciones como falsas y sostuvo que, en el mundo, la mayoría de países no utilizan software con código fuente privado, sino que este es propiedad de los Estados.

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El mandatario volvió a insistir —pese a un fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca— en que la Registraduría estaría incumpliendo la entrega de dicho software.

“Así lo ordenó la Sala Plena del Consejo de Estado en 2018, y desde entonces todos los registradores han desacatado la justicia. Mantienen el código fuente en secreto y en manos de una firma privada con dueños procesados en EE. UU. por estafa bancaria. Además, no es auditable ni siquiera por la Registraduría, que no ha aprendido de esta situación pese a que es su deber”, afirmó Petro en X.

El jefe de Estado reiteró sus cuestionamientos al sistema electoral: “Nadie audita de manera experta el software electoral de los hermanos Bautista y, según se afirma, existen tres versiones disponibles según el uso. Eso no es transparencia electoral ni ofrece garantías a la libertad del voto ciudadano. Solo con dos millones de testigos electorales podemos impedir un posible fraude”.

En un fallo del pasado 9 de abril, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca fue enfático en que la difusión de mensajes, por parte del presidente Petro, que minan la legitimidad del sistema electoral sin evidencia probatoria “afecta el derecho colectivo al servicio público electoral”.

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El fallo resalta que, por ejemplo, en 2026 las auditorías internacionales y los resultados técnicos (con una diferencia de solo el 0.28% entre preconteo y escrutinio) contradicen la narrativa presidencial de un sistema opaco o fraudulento.

La corporación impuso medidas cautelares contra el mandatario, ordenándole rectificar públicamente sus afirmaciones sobre presuntos fraudes en procesos electorales.

El fallo, del magistrado Luis Manuel Lasso Lozano, le concede un plazo de tres días para aclarar, a través de la cuenta en la red social X, sus declaraciones sobre supuestas irregularidades en las elecciones de 2014, 2022 y las legislativas de marzo de 2026.

Además, le prohibió emitir nuevos cuestionamientos sobre la confiabilidad de la Registraduría Nacional y el Consejo Nacional Electoral sin evidencia sólida.

En ese contexto, el Tribunal le indicó que cualquier inquietud sobre el sistema electoral debe tramitarse a través de instancias oficiales como la Comisión de Coordinación y Seguimiento, y no mediante publicaciones en redes sociales.

Desde EL COLOMBIANO le hicimos un chequeo a lo afirmado este jueves por Petro, en cuestionamientos al registrador Penagos, y encontramos dos falsedades, una afirmación imprecisa y una información inverificable.

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Sobre el supuesto “desacato” a la sentencia de 2018

La frase de Petro: “Así lo ordenó la Sala Plena del Consejo de Estado en 2018, y desde entonces todos los registradores han desacatado la justicia”.

El Tribunal determinó que esta afirmación es fácticamente incorrecta. Aunque la sentencia original de 2018 usó la palabra “conminar”, el propio Consejo de Estado aclaró mediante auto del 23 de febrero de 2018 que dicha instrucción no era un mandato coercitivo u obligatorio.

La alta corporación precisó que el llamado a adquirir un software propio se enmarcaba exclusivamente en el campo de la “sugerencia” y el “exhorto”.

Por tanto, legalmente no existe una orden incumplida y, en consecuencia, no hay lugar a hablar de “desacato” por parte de la Registraduría.

Por lo anterior, a la luz del fallo judicial, es falsa la afirmación del mandatario.

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Sobre el “secreto” y la imposibilidad de auditar el código fuente

La frase de Petro: “Mantienen el código fuente en secreto... además, no es auditable ni siquiera por la Registraduría”.

Las pruebas recaudadas por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, incluyendo informes de misiones internacionales, contradicen esta afirmación.

La Misión de Observación Electoral de la Unión Europea (MOE UE) confirmó que la Registraduría amplió los periodos para que especialistas de todos los partidos políticos inspeccionaran el código fuente.

Asimismo, la MOE verificó de manera directa los espacios de socialización y cierre de los programas informáticos, es por eso que el Tribunal resalta que el sistema cuenta con identificación biométrica, generación de códigos Hash y logs de auditoría que permiten una trazabilidad completa de las actuaciones.

Incluso en 2014, fue el propio software el que suministró los archivos “Log” que permitieron al Consejo de Estado detectar irregularidades, lo que demuestra que el sistema es auditable y transparente.

Por lo anterior, es falso lo dicho este jueves por el presidente Petro en su cuenta de X.

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Sobre la propiedad privada del software y el estándar internacional

La frase de Petro: “En el mundo, la mayoría de países no utilizan software con código fuente privado, sino que este es propiedad de los Estados”.

El Tribunal no entra a validar estadísticas globales, pero enfatiza que en Colombia la Registraduría goza de autonomía e independencia funcional para organizar las elecciones.

La providencia destaca que para las elecciones de 2026, la Registraduría garantizó el acceso de las partes interesadas a todas las etapas de preparación.

Además, los resultados técnicos de marzo de 2026 mostraron una coincidencia casi exacta entre el preconteo y el escrutinio (variación de solo el 0.28%), lo que acredita la confiabilidad del modelo actual, independientemente de si el operador es una firma privada bajo supervisión estatal .

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Por lo anterior, no es verificable lo que plantea el presidente Petro debido a que el Tribunal no validó escenarios internacionales en el tema del código fuente electoral.

Sobre la insistencia en el incumplimiento de la entrega del software

La frase de Petro: “La Registraduría estaría incumpliendo la entrega de dicho software”.

El Tribunal concluyó que el Presidente no ha satisfecho la carga de veracidad exigida a su cargo al hacer esta afirmación. La providencia señala que el mandatario ha realizado una lectura “cambiada” o “amputada” de las decisiones judiciales para sustentar una narrativa de fraude que no tiene base en las pruebas técnicas del proceso.

Se reitera que el sistema electoral colombiano tiene procedimientos de transparencia alineados con las mejores prácticas internacionales y que la Registraduría ha cumplido con sus deberes de manera profesional.

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El impacto jurídico de estos mensajes bajo la medida cautelar

Al emitir estos juicios de desconfianza de manera pública, el Presidente está ignorando la orden del Tribunal de utilizar canales institucionales.

La justicia ordenó que cualquier reserva técnica debe tramitarse preferentemente a través de la Comisión de Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales (Decreto 800 de 2025).

El fallo es enfático: el Jefe de Estado tiene un deber de moderación y debe abstenerse de emitir mensajes que fracturen la unidad nacional o pongan en vilo la legitimidad de los futuros gobernantes sin contar con evidencia sólida y razonable .

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