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Fiscalía administrará bienes de Farc sin inventariar

  • La magistrada Gloria Ortiz, señaló que la votación fue unánime por 9 a 0 para la administración de los bienes de Farc por la Fiscalía. FOTO: Colprensa
    La magistrada Gloria Ortiz, señaló que la votación fue unánime por 9 a 0 para la administración de los bienes de Farc por la Fiscalía. FOTO: Colprensa
29 de marzo de 2019
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El conflicto de competencias entre la Fiscalía General de la Nación y la Justicia Especial para la Paz, JEP, sobre cuál entidad debería adoptar medidas cautelares sobre los bienes de las Farc no inventariados después de la dejación de armas, fue dirimido ayer por la Corte Constitucional a favor del ente investigador.

No obstante, el alto tribunal dejó en claro que así estos bienes hayan pasado por un proceso de extinción de dominio por su relación con la extinta guerrilla, es decir, por la forma cómo fueron adquiridos durante el conflicto armado, deberán ser destinados a la reparación de las víctimas, acción que quedó reseñada en el Acuerdo de paz con Farc como una compensación por los daños ocasionados.

El magistrado Luis Guillermo Guerrero Pérez indicó que la duda planteada desde la JEP sobre la necesidad de asegurar esos bienes para la reparación, quedó resuelta toda vez que esos activos deben que tener como destino el fondo de víctimas que según los artículos 3 y 4 del decreto 903 de 2017, “será encargado de administrar los activos en el marco de las medidas de reparación integral y la implementación de los programas contemplados en el Acuerdo Final”.

En la lectura de la decisión, la magistrada y presidenta de la Corte, Gloria Ortiz, precisó que para cumplir con el anterior precepto, “las autoridades correspondientes deberán velar para que se adopten las medidas respectivas para dicha finalidad”.

JEP celebró decisión

El choque de trenes entre la Fiscalía y la JEP inició en octubre de 2017 cuando la Jurisdicción Especial solicitó al ente investigador, a la Superintendencia de Notariado y Registro y a la Sociedad de Activos Especiales un informe sobre los enseres y activos del extinto grupo guerrillero, aduciendo que era necesario para las víctimas conocer que esos bienes “no eran ficticios” y servirían como reparación.

La respuesta del fiscal Nestor Humberto Martínez ante la petición fue negativa, y alegó en su momento “que la información relacionada con procesos de extinción de dominio eran de carácter reservado”.

Ante el conflicto de competencias, la Corte resolvió salomónicamente el conflicto de competencias dejando en firme que la Fiscalía es quien puede adpotar medidas sobre estos bienes no declarados por Farc, pero deben ser para las víctimas, como lo pidió la JEP.

Pese a la decisión del alto tribunal, la JEP indicó mediante un comunicado que acataba la orden, pero celebró “que los bienes de esta exguerrilla se usen exclusivamente para la reparación de las víctimas del conflicto armado”.

Por su lado, el fiscal general, Néstor Humberto Martínez, tomó la decisión de la Corte como un reto, y expresó que eso obligaba a la institución que dirige a seguir en la incautación de bienes ilícitos de las Farc “con el próposito de lograr recuperar más activos para que podamos indemnizar a las víctimas del conflicto armado”.

Sin embargo, pese a que la resolución de la Corte apunta a que estos activos deberían ir a las víctimas, la magistrada Ortiz hizo claridad que si en el curso del proceso de dominio de extinción se descubre que los bienes no se obtuvieron con recursos ilícitos o eran personas que no eran testaferros, irían para los recursos de administración de justicia .

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