<img height="1" width="1" style="display:none" src="https://www.facebook.com/tr?id=378526515676058&amp;ev=PageView&amp;noscript=1">
x
language COL arrow_drop_down

Víctima de secuestro perdería su casa por 421 gramos de marihuana

La hierba era de uno de sus hijos, pero la Fiscalía señaló a Miriam como responsable y está a punto de ser desalojada de su vivienda en Marinilla. El caso escaló a la Corte Suprema.

  • Luz Miriam y sus tres hijos podrían ser desalojados de su casa en Marinilla, Antioquia, en la que han vivido durante 17 años, FOTO cortesía
    Luz Miriam y sus tres hijos podrían ser desalojados de su casa en Marinilla, Antioquia, en la que han vivido durante 17 años, FOTO cortesía
23 de mayo de 2022
bookmark

Luz Miriam Castaño Quintero salió huyendo de la guerra, fue víctima de desplazamiento forzado para la década de los 90 y está a punto de serlo de nuevo por cuenta de una sentencia en segunda instancia que ordenó quitarle su casa por una dosis de 421 gramos de marihuana.

Esa carga, equivalente a menos de una libra del estupefaciente, ha puesto a discutir a la justicia sobre cómo deberían castigarla a ella, como madre, y a su hijo, Elder Julián Toro, como dueño y responsable de la marihuana que encontraron en su hogar.

La disputa ha sido tal, que la misma decisión ya fue evaluada por dos tribunales especializados en extinción de dominio, que opinaron cosas totalmente diferentes, y pasó ahora a la Corte Suprema de Justicia, quien tiene en sus oficinas una tutela que deberá resolver el caso a favor o en contra de ese desalojo.

Los 421 gramos

La historia de cómo esa dosis de marihuana está a punto de hacerles perder la casa donde han vivido ella y sus tres hijos por más de 17 años comenzó el 12 de mayo de 2011.

Miriam trabajaba y dos de sus hijos estaban en casa cuando un operativo de la Fiscalía General de la Nación y la Policía los sorprendió a las 3 de la tarde en medio de un allanamiento para revisar toda la casa. El resultado de esa tarde les cambió la vida, como cuentan Miriam y Sebastián, otro de sus hijos. Según reposa en el expediente del ente acusador, fue el mismo Elder Julián el que guió a las autoridades al lugar donde guardaba 421 gramos de marihuana, “ni más, ni menos”, dice Miriam.

La versión de la familia Castaño siempre fue la misma: que Elder la tenía para consumo personal y que solo la usaba con un par de amigos, pero la Fiscalía opinó lo contrario e intentó probar que esa cantidad era para la venta y expendio ilegal del estupefaciente.

Dentro de sus argumentos más fuertes, el ente acusador probó que esos gramos de marihuana, aunque eran menos de una libra, estaban “cuidadosamente dosificados y empaquetadas en bolsas plásticas con sello hermético, lo que motivó la captura” y sirvió para argumentar una intención de venta.

Fruto de ese juicio, Elder llegó a un acuerdo con la Fiscalía y fue condenado a 32 meses de prisión, logrando más tarde el beneficio de libertad condicional.

“Hasta ahí todo bien, fue condenado por su responsabilidad y pagó su pena –dice el abogado de la Comisión Colombiana de Juristas que evaluó el caso y ahora está ayudando a la familia– sin embargo, lo raro acá es que, pese a que su hijo mayor de edad fue el responsable, es Miriam quien tiene que entregar su propiedad aún con todas las vulnerabilidades de víctima y de madre cabeza de hogar”. Y este el punto clave de la tutela que ahora reposa en la Corte Suprema: un asunto de género.

La culpan por ser mamá

Tras la condena, el caso llegó por oficio a las oficinas de la Sociedad de Activos Especiales, una entidad estatal que se encarga de decomisar los bienes relacionados con narcotráfico y, posteriormente, pasó a ser evaluado por el Juzgado Primero Penal del Circuito especializado de Extinción de Dominio de Antioquia.

Estando allí, el juez sentenció que Miriam no tenía culpa sobre ese delito porque no sabía de la existencia de esos 421 gramos de marihuana ni que su hijo los consumía. Así mismo, el fallo argumentó que Castaño Quintero, como madre, debía pasar “largas y extenuantes jornadas de trabajo para sostener a sus hijos” lo que le hubiera impedido estar pendiente de las cosas que sus hijos, mayores de edad, hacían en el inmueble.

Así mismo, el tribunal criticó el hecho de que la Fiscalía le atribuyera la negligencia por precisamente estar trabajando y no cumplir con “su función social y ecológica que le es inherente para con su propiedad, y así mismo, con respecto al cuidado de sus hijos”.

Finalmente, ese tribunal declaró en 2014 que la extinción de dominio no tenía lugar y que se debían proteger los derechos de esa familia.

No obstante, la sentencia pasó a una revisión de rutina por parte de la Sala de Extinción de Dominio del Tribunal Superior de Bogotá, quien decidió en segunda instancia revocar la anterior decisión el 24 de julio en 2014 declarando como viable la extinción de dominio.

En esta ocasión, el Tribunal retomó el argumento de la Fiscalía y la responsabilizó por su rol de madre “(...) en la medida que la necesidad de cumplir una extensa laboral no le imposibilitaba vigilar qué hacían sus hijos en especial Elder Julian, por los menos en los momentos en que compartía con ellos, bien cuando regresaba a su residencia luego del trabajo o los días martes o miércoles que descansaba”.

Estando en ese punto y con una orden de desalojo para el pasado 10 de mayo, el caso fue conocido por los abogados de la Comisión Colombiana de Juristas, quienes lo estudiaron y lo refutaron con la mencionada tutela que alega tres puntos claves.

El primero de ellos es la condición vulnerable de Miriam. Es una madre cabeza de hogar que tiene bajo su responsabilidad completa a Jonatan Toro Castaño, un hijo con discapacidad física y cognitiva del 77,67 % con evaluación médica certificada.

Y el segundo es que, según la tutela, “el operador jurídico sustentó su decisión con argumentos basados en prejuicios y estereotipos de género, acentuó los patrones socioculturales sobre el deber ser de la mujer y sus roles tradicionales, reforzó con sus conclusiones las discriminaciones históricas y condiciones especiales de vulnerabilidad y desigualdad de las mujeres como Miriam, determinando que su función social como mujer es ser madre y cuidadora”.

Así las cosas, EL COLOMBIANO tuvo acceso a todos los documentos que sustentaron la tutela, incluido el más reciente del caso que tiene que ver con la admisión de ese mecanismo por parte de la Corte Suprema de Justicia, quien encontró razones suficientes para evaluar la tutela que, en este caso, demanda a la Sala De Extinción de Dominio del Tribunal Superior de Bogotá y la Sociedad de Activos Especiales.

Por ahora, la familia Castaño deberá esperar la decisión de la alta Corte. “Ojalá no nos saquen de aquí. Necesitamos que entiendan que el error fue de mi hijo y no de toda la familia, él está muy arrepentido. No hay más a donde ir”, concluyó Luz Miriam Castaño.

El empleo que busca está a un clic

Te puede interesar

Las más leídas

Te recomendamos

Utilidad para la vida

Regístrate al newsletter

PROCESANDO TU SOLICITUD