El Juzgado Sexto Penal del Circuito de Cartagena, dictó medidas cautelares para que el israelí Liad Tsurkel no pueda salir del país y siga haciendo frente a su proceso judicial.
Esto en respuesta a una acción de tutela interpuesta por Diana María Builes González, la procuradora judicial 82, quien demandó al Juzgado Trece Penal de Cartagena por haberle otorgado, el pasado 8 de octubre, la libertad al hombre señalado de integrar una red de explotación sexual que operaba en la capital de Bolívar.
La defensa argumentó entonces que el sindicado no tuvo traductor oficial en las audiencias preliminares. Argumentos que negó la Fiscalía.
Al respecto, el jefe del Ministerio Público, Fernando Carrillo, aseguró que la figura de habeas corpus, con la que se concedió la libertad del sujeto, no era procedente, ya que la solicitud de libertad no se podía tramitar en desarrollo del proceso y menos mediante un recurso extraordinario, como sucedió en este caso.
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El órgano de control señaló que el juez utilizó el habeas corpus como una instancia adicional dentro del proceso, con lo que contrarió los precedentes judiciales establecidos para su uso, y constituyó una vía de hecho que quebrantó mandatos constitucionales que amparan la seguridad jurídica y el debido proceso, incluyendo los derechos de intervención de la Procuraduría, máximo cuando se trata de una decisión contra la que no procede ningún recurso.
Con la decisión de este jueves, queda suspendida la sentencia del 8 de octubre hasta cuando el Juzgado Sexto falle la tutela. Por lo que el israelí podría volver a prisión y Migración Colombia no puede dejarlo salir del país.
Es de recordar que Liad Tsurkel fue capturado junto a otras cuatro personas en la Casa Benjamín, en El Laguito, junto a su compatriota Samuel Schraer, porque integrarían una red denominada los VIP, dedicada a ofrecer fiestas con servicios sexuales a hombres provenientes de Israel.