El presidente Abelardo De La Espriella, quien asumió el cargo el 7 de agosto de 2026, anunció el 21 de agosto de 2026, durante la presentación de la nueva cúpula militar, que la Fuerza Aeroespacial Colombiana volverá a llamarse Fuerza Aérea Colombiana (FAC).
La decisión modifica nuevamente la denominación oficial de la institución, que fue cambiada durante el gobierno de Gustavo Petro para reconocer sus funciones y capacidades relacionadas con el ámbito espacial.
“Desde ya informo que volverá a tener su nombre original, Fuerza Aérea”, expresó el presidente De La Espriella.
La denominación cambió durante el gobierno de Gustavo Petro
El cambio de nombre estuvo relacionado con el desarrollo de las capacidades espaciales de la institución. La entonces Fuerza Aérea Colombiana puso en órbita el FACSAT-1 en 2018, creó el Centro de Operaciones Espaciales en 2022 y lanzó el FACSAT-2, conocido como Chiribiquete, en 2023.
A partir de estos avances, el Gobierno de Gustavo Petro promovió la modificación de la denominación. En julio de 2023, la Ley 2302 de 2023 estableció el cambio de Fuerza Aérea Colombiana a Fuerza Aeroespacial Colombiana.
El artículo 5 de esa norma establecía: “Cambio de denominación. Modifíquese la denominación de la Fuerza Aérea Colombiana por ‘Fuerza Aeroespacial Colombiana’”.
Sin embargo, la modificación fue revisada por la Corte Constitucional, debido a que el artículo 217 de la Constitución Política menciona expresamente a la Fuerza Aérea como uno de los componentes de las Fuerzas Militares.
La Corte también hizo referencia al artículo 4 de la Constitución, que establece: “La Constitución es norma de normas. En todo caso de incompatibilidad entre la Constitución y la ley u otra norma jurídica, se aplicarán las disposiciones constitucionales”.
En la decisión sobre el caso, el tribunal señaló: “Por lo tanto, la Corte concluyó que el legislador no tiene margen de configuración para modificar lo anterior y, de hacerlo, como ocurrió en este caso, transgrede lo previsto en el antedicho artículo y, además, el principio de supremacía de la Constitución”.
El cambio pasó de una ley a una reforma constitucional
En marzo de 2024, mediante la Sentencia C-080 de 2024, la Corte Constitucional declaró inexequible el artículo de la Ley 2302 que había cambiado la denominación de la institución. El argumento central fue que una ley ordinaria no podía modificar un nombre establecido en la Constitución.
Tras esa decisión, la institución retomó la denominación de Fuerza Aérea Colombiana. El Gobierno Petro insistió posteriormente en el cambio, pero esta vez mediante un mecanismo de reforma constitucional.
En abril de 2024 fue presentado un proyecto de acto legislativo para modificar el artículo 217 de la Constitución y reemplazar la palabra “Aérea” por “Aeroespacial”.
El proceso concluyó el 8 de noviembre de 2024, cuando quedó formalizado el cambio mediante el Acto Legislativo 02 de 2024. La modificación fue anunciada por Petro durante la ceremonia por los 105 años de la institución, realizada en el Comando Aéreo de Mantenimiento, en Madrid, Cundinamarca.
Desde entonces, Fuerza Aeroespacial Colombiana quedó incorporada como el nombre oficial de la institución en la Constitución.
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El regreso al nombre Fuerza Aérea requiere otra reforma
El anuncio de De La Espriella no puede modificar por sí solo la denominación constitucional. Para regresar a Fuerza Aérea Colombiana, el Gobierno deberá impulsar nuevamente una reforma a la Constitución mediante un acto legislativo.
Así lo explicó Kenneth Burbano Villamarín, decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Libre de Bogotá, quien recordó que el nombre original de Fuerza Aérea estaba establecido en el artículo 217 de la Constitución de 1991 y fue sustituido por Fuerza Aeroespacial mediante el artículo 1 del Acto Legislativo 2 del 8 de noviembre de 2024.
“La modificación se intentó hacer mediante el art. 5 de la Ley 2302 de 2023, pero este artículo fue declarado inexequible por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-080 de 2024, pues mediante una ley ordinaria no se puede modificar la Constitución. En consecuencia, si ahora se quiere modificar nuevamente la Constitución para volver al nombre de Fuerza Aérea, se debe hacer únicamente por reforma constitucional”, explicó.
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Las capacidades espaciales continuarán
El regreso a la denominación Fuerza Aérea Colombiana no supone la eliminación de las capacidades espaciales desarrolladas por la institución.
La FAC cuenta con experiencia en este campo desde el lanzamiento del FACSAT-1 en 2018 y posteriormente fortaleció sus operaciones mediante el Centro de Operaciones Espaciales y el FACSAT-2 Chiribiquete.
Por ahora, la decisión anunciada por el presidente se refiere a la denominación oficial. Para hacerla efectiva, será necesario adelantar el trámite correspondiente de reforma constitucional y modificar nuevamente el artículo 217 de la Constitución.
La institución pasaría así de Fuerza Aérea Colombiana a Fuerza Aeroespacial Colombiana y nuevamente a Fuerza Aérea Colombiana en un periodo de tres años, mientras mantiene las capacidades y operaciones relacionadas con el espacio.
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Bloque de preguntas y respuestas:
- 1. ¿Por qué la Fuerza Aeroespacial Colombiana volverá a llamarse Fuerza Aérea?
- El presidente Abelardo De La Espriella anunció que busca recuperar la denominación original de la institución, que fue modificada durante el gobierno de Gustavo Petro.
- 2. ¿Quién puede cambiar el nombre de la Fuerza Aeroespacial Colombiana?
- El cambio debe realizarse mediante una reforma de la Constitución, debido a que el nombre de la institución está establecido en el artículo 217 de la Carta Política.
- 3. ¿Qué debe hacer el Gobierno para cambiar nuevamente el nombre de la Fuerza Aeroespacial?
- El Gobierno deberá impulsar una reforma constitucional mediante un acto legislativo para modificar nuevamente el artículo 217 de la Constitución.
- 4. ¿Por qué la Corte Constitucional anuló el primer cambio de nombre de la Fuerza Aérea?
- La Corte Constitucional declaró inexequible el cambio realizado mediante la Ley 2302 de 2023 porque una ley ordinaria no podía modificar una denominación establecida directamente en la Constitución.