Camino a la tipificación del “docenticidio” en Colombia
El eje central del proyecto radica en la creación de la figura jurídica del “docenticidio”, calificado expresamente como el homicidio cometido contra el personal docente. De acuerdo con el articulado del proyecto radicado ante el Senado, esta sería su descripción:
“Docenticidio. Quien causare la muerte a una persona por el hecho de ser docente, directivo docente, etnoeducador, orientador o de ejercer funciones educativas o de índole administrativa reconocidas por la ley, o por motivo, con ocasión o en desarrollo del ejercicio de dichas funciones, incurrirá en prisión de doscientos cincuenta (250) a quinientos (500) meses”, detalló el informe.
Y es que la senadora García sustentó la urgencia de la medida en las preocupantes cifras internacionales sobre la vulnerabilidad del gremio y de los entornos escolares en el país. Al respecto, la congresista afirmó que Colombia tiene un lugar preocupante en este campo.
“Nuestro país ocupa el cuarto lugar de ataques a comunidades educativas, solo por debajo de Palestina, Ucrania y República del Congo. Y es el segundo país con más homicidios a docentes, solo superados por Palestina”, expresó.
Penas contra la desescolarización forzada y sanciones por uso militar de escuelas
Aparte de sancionar los atentados contra la vida de los maestros, el articulado contempla tipificar el delito de desescolarización forzada. Esta figura penal busca castigar a cualquier individuo o estructura armada que impida o limite el acceso de niños, niñas y adolescentes a los establecimientos educativos en áreas rurales.
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Para quienes incurran en esta conducta, el proyecto plantea penas privativas de la libertad que oscilan entre los 120 y los 180 meses de prisión. Adicionalmente, el documento normativo tipifica como delito la ocupación e instrumentalización de los planteles educativos en el marco de las hostilidades. La propuesta establece textualmente:
“El que, con ocasión y en desarrollo del conflicto armado, utilice con fines militares, incluida la ocupación, alojamiento, instalación de equipos, vigilancia, entrenamiento, almacenamiento de armas o cualquier otra actividad destinada a apoyar operaciones armadas, bienes destinados a la prestación del servicio público de educación, o dirija ataques deliberados o indiscriminados mediante disparos, explosiones, artefactos explosivos o dispositivos tecnológicos con capacidad lesiva contra dichos bienes, incurrirá en prisión de cuarenta y ocho (48) a setenta y dos (72) meses y multa de cincuenta (50) a cien (100) salarios mínimos legales mensuales vigentes”.
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La senadora concluyó que, de darse la aprobación del proyecto, “Colombia sería el primer país del mundo en contar con un capítulo penal integral dedicado a la protección de la educación”, ya que, para ella, “proteger la educación es proteger el futuro” del país.
- ¿A quiénes protege específicamente la figura del docenticidio propuesta en la ley?
- El tipo penal ampara a docentes, directivos docentes, etnoeducadores, orientadores y a cualquier persona que ejerza funciones educativas o de índole administrativa reconocidas por la ley, ya sea por el hecho de serlo o con ocasión de sus funciones.
- ¿De cuánto sería la pena de prisión por asesinar a un profesor según este proyecto?
- La sanción establecida para el delito de docenticidio va de 250 a 500 meses de prisión (aproximadamente entre 20 y 41 años de cárcel).
- ¿Qué castigo propone la ley para las personas que impidan a los niños ir al colegio en zonas rurales?
- A través del nuevo delito de desescolarización forzada, la iniciativa contempla penas privativas de la libertad que oscilan entre los 120 y los 180 meses de prisión (entre 10 y 15 años) para quienes impidan el acceso a la educación.
- ¿Cuáles son las sanciones para los grupos armados que ocupen o usen las escuelas con fines militares?
- Incurrirán en penas de 48 a 72 meses de prisión (de 4 a 6 años) y deberán pagar una multa económica que va de 50 a 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes.