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Los cuatro decretos de Emergencia que la Corte Constitucional le ha tumbado al Gobierno

  • El tribunal avaló otras normas que generaron varios beneficios. FOTO COLPRENSA
    El tribunal avaló otras normas que generaron varios beneficios. FOTO COLPRENSA
12 de septiembre de 2020
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Tras la declaratoria de Emergencia Económica y Social por la pandemia, el Gobierno emitió más de 100 decretos con el fin de generar beneficios en el bolsillo de las personas y en el flujo de caja de las empresas.

Sin embargo, después de su entrada en vigencia, cuatro de gran importancia fueron declarados inexequibles por la Corte Constitucional, es decir, no tuvieron aval para su aplicación. Lo grave es que las normas no pasaron su revisión constitucional por errores de procedimiento o concepto del Gobierno, como la falta de firmas de algunos ministros en los textos.

Decreto 558

El Decreto 558, que buscó una reducción (en abril y mayo) en los aportes pensionales para empleadores e independientes de 16% a 3%, es el de mayor impacto. Según el Ministerio de Hacienda, la medida benefició a miles de empresas y los fondos de pensiones no recibieron, en promedio, $1 billón. La Corte tumbó la regla y la sentencia tiene efectos retroactivos, es decir, los empleadores deben reponer lo que dejaron de aportar.

El decano de la facultad de economía de la Universidad del Rosario, Carlos Sepúlveda, advirtió que el mayor costo que generó esta decisión fue laboral porque, precisamente, la medida tenía como objetivo aliviar una carga a los empleadores, monto que deberá ser restaurado.

“Ese costo, legalmente, lo deben asumir las empresas y se debería prorrogar el plazo. Una alternativa es que el Gobierno lo asuma, pero no hay presupuesto fiscal”, dijo.

Además, el socio director de impuestos y servicios legales en Crowe, Pedro Sarmiento, subrayó que la situación genera gran incertidumbre, tanto para el Gobierno, como para los empresarios que accedieron a dicho beneficio, “pues en principio era una forma de otorgar un alivio tributario a los empleadores y, ahora, los fondos pensionales deben recibir el monto de las cotizaciones pendientes, que deberá ser reglamentado por el Gobierno”.

Decreto 568

La Corte también hundió el Decreto 568, con el que se creó un ‘impuesto solidario’ de 15% a 20% entre mayo y junio para los trabajadores del Estado con salarios superiores a $10 millones, recursos que serían destinados a la población más vulnerable afectada por la pandemia. El Gobierno decidió devolver esos saldos, pero haciendo un cruce de cuentas en la declaración de renta del próximo año.

Sergio Clavijo, expresidente de Anif y profesor de la Universidad de los Andes, explicó que la decisión de la Corte fue “acertada por la desigualdad de la norma con los funcionarios, pues la medida debió contemplar también a los trabajadores del sector privado”.

“En definitiva, se trataba de un impuesto que no podía ser creado a través de un Decreto Legislativo por vulnerar principios de equidad y generalidad del tributo. Sin embargo, los efectos de la sentencia de inconstitucionalidad, que tiene efectos retroactivos, le dará un tratamiento de un anticipo para el impuesto sobre la renta de las personas naturales a quienes se les realizó la respectiva causación del impuesto, por lo que el impacto fiscal que generó esta inexequibilidad es un recaudo anticipado del tributo”; agregó Sarmiento (de Crowe)

Decreto 580

El Decreto 580 también fue frenado por la Corte Constitucional por no contar con las firmas de todos los ministros y pretendía generar un beneficio de entre 40% y 80% en el servicio de agua, alcantarillado y aseo para estratos 1, 2 y 3; además de la reconexión del servicio cuando no se tuviera, cobros sin intereses y congelación de tarifas por ser una necesidad básica.

Decreto 807

Finalmente, el Decreto 807 tampoco superó la prueba en la Corte y los beneficios transitorios o ampliación del tiempo para la devolución de saldos de IVA a favor de empresas con facturación electrónica superior a 75% también está en el limbo.

Para el abogado y director de Carrero Asociados, Nicolás Carrero, además de tener impactos fiscales, la mayor preocupación es el mensaje de inestabilidad jurídica que pueden enviar “este tipo de errores de procedimiento a los inversionistas o empresarios nacionales y del exterior”.

El socio director de impuestos y servicios legales en Crowe, Pedro Sarmiento concluyó que, sin duda alguna, esto genera un problema de confianza para el empresariado colombiano y extranjero, pues, en principio, se habían tomado unas medidas destinadas a otorgar flujo de caja a los empresarios y algunos apoyos tendientes a proteger los negocios en Colombia, pero, “con la serie de Decretos que se han expedido con este objetivo y que vulneran algunas disposiciones constitucionales por falta de técnica legislativa, genera una visión de inestabilidad económica y desconfianza a quienes deseen invertir en el país”.

Otras normas que el tribunal sí avaló y generaron varios beneficios

Aunque los Decretos que la Corte declara inexequibles generan eco, algunos que son aprobados también tienen un impacto social y económico positivo. El número 771 permitió un auxilio de conectividad a internet por $102.583 a empleados con salarios menores a $1,7 millones.

El Decreto 772 facilitó la entrada a procesos de insolvencia para las empresas golpeadas por la crisis. El Decreto 774 adicionó $287.000 millones al Presupuesto de este año y el Decreto 546 permitió beneficios a los presos enfermos o con buen comportamiento.

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