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Corte Suprema niega ilegalidad en la captura de Santrich

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19 de abril de 2018
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La Corte Suprema de Justicia descartó la ilegalidad en el proceso de captura contra el jefe de la Farc Jesús Santricj, negando la improcedencia del hábeas corpus solicitado por su defensa, y por ende, evitando dejarlo en libertad.

“Ninguna anomalía emerge de la ‘aprehensión’ censurada en virtud de la Cooperación Internacional de que trata el artículo 484 del Código de Procedimiento Penal, resultando claro que, contrario a la tesis de los libelistas, el ente acusador sí tiene atribución para ejecutar directrices de talla supranacional, como la aquí aludida, estando además compelido a acatarlas acorde con el citado canon”, contiene el texto proferido por el magistrado de la Sala de Casación Civil, Octavio Augusto Tejeiro Duque.

“Tampoco se constata ‘prolongación ilícita de la privación de la libertad’ porque de conformidad con el artículo 511 ibídem ‘[l]a persona reclamada será puesta en libertad incondicional por el Fiscal General de la Nación, si dentro de los sesenta (60) días siguientes a la fecha de su captura no se hubiere formalizado la petición de extradición, o si transcurrido el término de treinta (30) días, éste no procedió a su traslado’, en tanto en el sub lite, en breve se advierte que desde la ‘captura’ acaecida el 9 de abril hasta la presente fecha no han transcurrido los 60 días a que se refiere la norma (del CPP)”, puntualiza la providencia.

Jesús Santrich fue capturado por la Fiscalía General de la Nación por un pedido en extradición de las autoridades de los Estados Unidos por el delito de narcotráfico.

El jefe de la Farc habría ayudado a sacar 10 toneladas de cocaína del país, posterior a la firma del acuerdo de paz con este grupo.

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