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Consejo de Estado suspendió ‘decretazo’ a la salud de Petro: “Desborda los límites constitucionales”

El alto tribunal ordenó suspender el Decreto 0858 de 2025 que, según expertos y críticos, materializa e implementa de facto la iniciativa del Gobierno Nacional.

  • Actualmente, en el tercero de sus cuatro debates, el Congreso estudia el proyecto de reforma propuesto por el Gobierno Petro. FOTO: MINSALUD
    Actualmente, en el tercero de sus cuatro debates, el Congreso estudia el proyecto de reforma propuesto por el Gobierno Petro. FOTO: MINSALUD
hace 4 horas
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A través de un fallo conocido este jueves, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado determinó suspender provisionalmente el llamado ‘decretazo’ a la salud que expidió en julio pasado el Gobierno de Gustavo Petro.

Se trata del Decreto 0858 de 2025 que, según expertos y críticos, implementa de facto la reforma a la salud del Gobierno Nacional y que fue firmado por el ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo. El documento está ideado para promover un nuevo modelo de salud con enfoque preventivo, predictivo y resolutivo “como política de salud para los habitantes del territorio colombiano”.

Entérese: ‘Decretazo’ de salud: Petro se saltó el Congreso, ¿es legal?

El documento expone varios de los puntos que contenía el proyecto de reforma, entre ellos, el cambio de modelo, que ahora estará basado en Centros de Atención Primaria en Salud (CAPS), Atención Primaria en Salud y Redes Integradas Integrales Territoriales de Salud (RIITS).

En su determinación, el Consejo de Estado recordó que es al Congreso a quien corresponde crear, reformar, derogar e interpretar la ley como una atribución de competencia otorgada por la propia Constitución, “la cual confiere al Legislador la facultad amplia de regular mediante ley todas las materias no reservadas expresamente a otro órgano”.

Con base en postulados de la Corte, el alto tribunal destacó que, en materia de seguridad social y de salud, el Congreso es el primer llamado a delimitar el contenido, alcance y procedimientos para su exigibilidad.

En esa línea, se precisa que al adoptar el Modelo de Salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo como política pública de alcance nacional, el Gobierno nacional extralimitó sus facultades reglamentarias y contrarió el principio de reserva de ley.

Puede leer: Reforma a la salud por decreto: Gremios alertan por riesgo de corrupción y caos financiero; Petro respondió

Según el fallo, varios de los postulados del Decreto constituyen una transformación estructural del modelo de prestación, al integrar de manera obligatoria a todos los actores del sistema, —públicos, privados y mixtos—, redefinir la gobernanza territorial de la salud y desplazar el centro funcional del sistema hacia la atención primaria.

“No le corresponde al Ejecutivo, mediante el ejercicio de la potestad reglamentaria, transformar aspectos esenciales del modelo de aseguramiento, como lo hace el Decreto 0858 de 2025. Esta actuación desborda los límites constitucionales de la función reglamentaria y vulnera el principio de reserva de ley, al sustituir decisiones que deben ser adoptadas por el Congreso de la República en el marco del debate democrático”, precisó el tribunal.

Ante el fallo, el promotor de las medidas cautelares, el representante de oposición Andrés Forero (Centro Democrático) sostuvo que “es una buena noticia y un alivio para los colombianos que el ‘plan b’ o reforma a la salud vía decreto se haya empantanado”.

Conocida la determinación, el presidente Gustavo Petro alegó que “suspender un sistema preventivo en un país es ir contra la vida humana. La ley ordena un sistema preventivo para Colombia”.

Bloque de preguntas y respuestas

¿Qué es el “decretazo” a la salud que se suspendió?
Es un decreto del gobierno de Gustavo Petro que pretendía introducir reformas al sistema de salud colombiano, sin que se agotaran todos los trámites legales exigidos.
¿Qué decisión tomó el Consejo de Estado sobre este decreto?
Ordenó la suspensión provisional de sus efectos jurídicos ante la admisión de demanda, por posibles fallas en los requisitos constitucionales.
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