Con la última reforma al Código Sustantivo del Trabajo, la jornada laboral en Colombia aumentó de 8 a 10 horas el tope máximo que se le debe exigir a un empleado. Este cambio empieza a aplicarse desde este martes, con la firma de los representantes del Congreso y el Gobierno.
En términos prácticos, esto significa que un empleador podrá establecer jornadas de hasta 10 horas de trabajo sin pagar ningún recargo, siempre y cuando las horas totales por semana no superen las 48 horas (este factor no cambia) y se cumplan en la jornada ordinaria, que sí cambió y ahora se contempla entre las 6:00 a.m. y las 9:00 p.m.
Este es el otro gran cambio: el horario nocturno con recargo. El decreto cambia el inicio de la jornada laboral nocturna a partir de las...