El hallazgo de un teléfono celular en la celda de Daneidy Barrera Rojas, más conocida como Epa Colombia, abrió un nuevo capítulo en su proceso de resocialización y puso en riesgo los beneficios carcelarios que había obtenido tras ser trasladada desde El Buen Pastor a la Estación de Carabineros en Bogotá.
La inspección, realizada por la Policía Nacional en la madrugada del 3 de septiembre, reveló la presencia de al menos tres celulares escondidos en baños y habitaciones de las celdas, cuyo uso está prohibido para personas privadas de la libertad. Según las autoridades, desde uno de los aparatos se habrían hecho llamadas en horas de la madrugada. De acuerdo con información de El Tiempo, uno de los dispositivos pertenecería a Barrera.
El caso cobró relevancia no solo porque allí están recluidos otros nombres conocidos como la exconsejera presidencial Sandra Ortiz y la exgobernadora del Huila Cielo González, sino porque en varias ocasiones el propio presidente Gustavo Petro había intercedido públicamente para que Epa Colombia no permaneciera en una celda común, alegando riesgos de seguridad.
El abogado de Barrera, Francisco Bernate, había presentado una propuesta de justicia restaurativa que contemplaba una indemnización de 100 millones de pesos, disculpas públicas y labores sociales en TransMilenio, como paso previo a solicitar beneficios como la prisión domiciliaria. Sin embargo, este planteamiento ahora quedaría en vilo.
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EL COLOMBIANO consultó sobre las implicaciones jurídicas con el abogado penalista, Andrés Arteaga Franco, quien explicó que el hallazgo de un celular no modifica la condena ya ejecutoriada, pero sí da lugar a un proceso disciplinario dentro del régimen penitenciario.
“De comprobarse que el celular era de su propiedad, podría ordenarse su traslado a una cárcel de mayor seguridad y la falta afectaría sus posibilidades de acceder a beneficios como prisión domiciliaria, libertad condicional o permisos”, señaló. Arteaga también subrayó que el Inpec debe garantizar el derecho de defensa y que el simple hallazgo no prueba automáticamente la pertenencia del dispositivo.
Teniendo en cuenta la Resolución 6349 de 2016 del Inpec, el porte o uso de aparatos de comunicación constituye una falta grave, que puede derivar en sanciones disciplinarias y pérdida de beneficios. Por eso, las autoridades analizan posibles traslados y se espera un pronunciamiento oficial en las próximamente.