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Cuando llegó a la clínica con un cuadro de covid-19 que se estaba agravando, Andrés Molina tuvo media hora para poner en alerta a su familia y sus amigos y tratar de organizar sus asuntos y negocios antes de pasar a la UCI. Estuvo 25 días en coma y logró recuperarse. Otras personas han pasado como él cerca de un mes hospitalizados con la diferencia de que no pudieron dejar instrucciones sobre sus cuentas, correos, seguros, mascotas, deudas o propiedades.
Si hay algo que ha enseñado la pandemia, según el abogado Diego Martín Buitrago Botero, coordinador de la especialización de derecho informático y de las tecnologías del CES, es que las personas deberían tener un inventario de asuntos fundamentales, desde lo legal, para dejarlos organizados y para que quienes van a quedar con estos, “no tengan más de un chicharrón (problema). Nunca nos han enseñado a pensar en la muerte y no nos preparamos para tener una muerte tranquila jurídicamente hablando”, dice.
La abogada Sandra Tamayo Munera, directora del consultorio jurídico y centro de conciliación del CES, dice que ojalá, por cultura general, la gente entendiera la trascendencia de lo que significa el derecho en la vida de un ser humano. “Sería ideal que los ciudadanos en Colombia tuviéramos la cultura de programar nuestra proyección jurídica para eventos catastróficos (estar enfermos o hasta morir) como lo hemos visto en el último año, y no dejar emproblemada ni a la familia ni a los seres queridos”.
Si quiere alejarse de supersticiones, porque como dice Buitrago, “muchos dirán que para qué ponerse a hacer un testamento o a organizar esas cosas, que con eso se está llamando a la muerte”, aquí van algunas recomendaciones de ambos abogados junto con Axel Díaz, director del laboratorio de informática de Adalid Corp., Viviana Velandia Morales, arquitecta de soluciones en Ciberseguridad de Sonda, y de la abogada Isabel Cristina Galeano Hernández, especialista en derecho de la seguridad social de la U. de A, porque “la pandemia nos puso a pensar en eso”, concluye Buitrago.
1. Empiece con un inventario de lo que tiene
Es un listado en el que debería incluir todo: desde propiedades, cuentas de ahorro, CDT, seguros, entidad con la que tiene las pensiones y las cesantías, lo que genera un valor emocional y qué tiene en casa, cuál es su EPS, si tiene médicos particulares, cuántas cuentas de correo tiene, en qué redes sociales está, etcétera. “Es un inventario muy amplio en el que pueden faltar muchos aspectos”, dice el abogado Buitrago, pero lo importante es empezar.
2. Siga con las decisiones de salud y vida
La idea es desglosar los temas que tienen que ver con estos dos ítems. Buitrago explica que es fundamental que cada persona tenga una copia de su historia clínica bien sea que la pida a su entidad prestadora de salud o a los médicos particulares que lo han tratado. “Es importante tener copia sea para la reclamación de seguros de vida o para las voluntades anticipadas en salud que son decisiones que toma una persona sobre la misma”.
La abogada Tamayo detalla que desde 2016 se estableció en el régimen colombiano esa figura de voluntades anticipadas en salud. La Resolución 2665 de 2018 del Ministerio de Salud dice que cualquier persona capaz, sana o en estado de enfermedad, en pleno uso de sus facultades legales y mentales podrá manifestar sus preferencias de forma anticipada en el caso de encontrarse con un diagnóstico de enfermedad terminal o condición amenazante para la vida, si se encuentran en capacidad de tomar decisiones en el ámbito médico, considerando que puede darse deterioro clínico y global, y hasta definir la disposición o no de donar órganos.
“Esto se gestiona a través de una escritura pública (ante notario y con testigos), con un documento escrito privado o un video que se adjunte a la historia clínica. Eso debe informárselo a su familia”.
También se deben tener copias de los seguros de salud y de vida. Con el primero es tener claro en qué lo ampara y qué no, y con el de vida verificar quiénes son sus beneficiarios y si hay cláusulas.
3. Dejar instrucciones ante discapacidad
Hay otro documento en Colombia que se llama similar al anterior, y es el de voluntades anticipadas en materia de capacidad jurídica. Es el más reciente de todos y son esas decisiones con relación al manejo de bienes, salud, vida social y hasta familiar cuando a pesar de estar vivo le llega una afectación que no le permita tomar decisiones de manera autónoma. “Se hace para el ejercicio de la capacidad legal de las personas con discapacidad, mayores de edad. Yo puedo dejar descrito qué quiero que pase conmigo, mi vida, mis finanzas y mi salud, con todo, cuando no pueda tomar decisiones, pero continúo vivo. Eso está referido en la ley 1996 de 2019.
Es un documento muy amplio del que aún están por reglamentar algunos aspectos, pero de los que ya entraron en vigencia unos acuerdos que puedo hacer en centros de conciliación o notarias para dejar mi voluntad respecto al futuro en cuanto a capacidad. Delegarle a terceros tomar las decisiones que yo definí en ese documento con respecto a lo que quiera. No es un testamento porque la persona continúa viva”, precisa Tamayo.
4. A la hora de repartir sus propiedades
La sucesión es un proceso general que tiene dos variantes: un testamento o sucesión testada, que es cuando la persona acude ante la autoridad competente –un notario– y suscribe un documento formal en el que indica qué bienes quiere que le queden a determinadas personas y para eso hay que observar unas reglas específicas que trae el ordenamiento colombiano. Y una sucesión intestada que significa que si no toma decisiones con lo que quiere que pase con sus bienes, la ley, de manera automática, lo hará por usted.
Para la abogada Galeano no todo el mundo tiene el capital suficiente para repartir bienes, “pero si lo va a hacer es muy importante asesorarse de un abogado, ya que muchas personas organizan mal la partición”.
Las sucesiones tienen una serie de reglas, si no hereda una persona debe hacerlo otra y hay que respetar ese orden según el artículo 1040 del Código Civil: “Hijos (también adoptivos), padres, padres adoptantes y cónyuge; hermanos y cónyuge, sobrinos y el ICBF de no tener ninguno de los primeros”. Tampoco es tan sencillo, a lo novela, desheredar a alguien, “tienen que existir causas muy graves comprobables legalmente”, dice Galeano. Estas causas para desheredar se encuentran en el artículo 1266 del Código Civil.
5. Con los bancos, cuentas y deudas
Buitrago detalla que no todas las tarjeta de crédito o créditos de libre inversión están amparados con un seguro de vida que al fallecer le cubra las deudas, y añade la abogada Galeano que hay casos en que las deudas se heredan. Por eso debe asesorarse bien en la entidad financiera en la que tenga cada producto si están amparados por este tipo de seguros o no. Igual con sus cuentas de ahorros o corrientes.
En Colombia y por ley, si una persona fallece, “tienen derecho a reclamar los saldos de las cuentas del fallecido, el cónyuge sobreviviente, el compañero o compañera permanente, o los herederos, o uno u otros conjuntamente y mientras no supere el monto establecido por la ley, el cual se reajusta anualmente”, puntualiza la página de dudas jurídicas del gobierno legalapp.gov.co.
Es importante que haga un inventario de sus deudas por si, como ha pasado con la covid-19, entra a una UCI, que sus familiares puedan seguir pagándolas y no se lleve una sorpresa cuando despierte y salga. Aquí es vital dejar claro si tiene acciones, participación en sociedades, CDT y que haga una lista de deudores o si es codeudor de alguien.
6. Sobre otros bienes de valor afectivo
Puede que ni tenga casa o carro, pero sí mascotas que ama o cosas que son preciadas y valiosas. En este caso puede aplicar el testamento según comenta la abogada Tamayo, “este documento legal dispone de lo que tiene y lo que debe y eso implica derechos sobre bienes físicos y bienes muebles (los animales están ahí)”.
Axel Díaz, director del laboratorio de informática de Adalid Corp., cuenta que se pueden dejar instrucciones a la familia o amigos y por escrito, desde quien quiere que se quede con sus mascotas hasta a quién le deja su colección de vinilos. “Tengo un amigo que cada tres meses actualiza esos deseos y aunque no lo hace con un documento legal si es una carta de instrucciones por si algo le sucede, a quienes la recibimos nos queda respetar eso y aunque nos parezca un poco macabro es una práctica bastante interesante”.
7. Atienda el patrimonio digital
Páginas web, correos electrónicos, cuentas de redes sociales, su celular o su computador y sus archivos, todo esto hace parte de su vida digital que requiere atención y previsión por si algo le sucede. Cuenta Díaz que por nada del mundo haga un documento de word que se llame contraseñas.doc para guardar allí sus cuentas digitales y claves.
“Yo recomiendo gestores de contraseñas, hay varios en el mercado, la mayoría son gratuitos y hay otros pagos. Por ejemplo Bitwarden.com es gratis, solo necesita una contraseña maestra y es seguro. Lo ideal es que alguien de muchísima confianza tenga esta clave principal por si algo pasa”, y añade que si una persona fallece la mayoría de plataformas y redes sociales tienen como política que a través de un link se pueda reportar la muerte de un ser querido, algunas piden certificado defunción y listo. “La planificación en las redes sociales no es tan complicada, pero sí es bueno que la revisen antes de cualquier eventualidad”.
Para Viviana Velandia Morales, arquitecta de soluciones en Ciberseguridad de Sonda, es fundamental que delegue qué contacto o familiar debe hacerse cargo de la cuenta y en redes. “Definir si convertirla en una cuenta conmemorativa o eliminarla definitivamente. Además antes de realizar la cancelación, asegurarse de cerrar todas las sesiones que pueda llegar a tener abiertas en diferentes dispositivos (celulares, computadores personales, empresariales, tablets, Notepad, etc.)”.
En ese punto indica Díaz que sus computadores y su celular son activos digitales y ha encontrado casos en los que hay equipos muy cifrados que no se pueden abrir y en ocasiones puede ser necesario o importante recuperar la información que haya dejado y así es imposible. Para ambos especialistas, así como se debe planificar todo en la vida real, lo ideal es que para su vida virtual lo haga y si es necesario busqué asesoría de empresas de ciberseguridad.