La historia colombiana muestra que los magnicidios de líderes políticos que el país ha visto caer asesinados quedan en la impunidad o bien por falta de determinación judicial de quiénes fueron sus autores, o bien porque las líneas de investigación no permitieron nunca llegar a la certeza de quiénes los ejecutaron, a pesar de haber algunas condenas de por medio.
El paso del tiempo, además de dificultar el perfeccionamiento de investigaciones criminalísticas que permitan el acopio de pruebas irrefutables para determinar la responsabilidad penal de los culpables, trae el riesgo adicional de la prescripción de la investigación. Es decir, la causa por la cual ya no es posible continuar el trámite de la investigación o el juzgamiento penal. Prescripción equivale, cuando no ha habido diligencia judicial en el esclarecimiento de los crímenes, a impunidad.
Frente a ello, la Fiscalía General de la Nación (que empezó a funcionar una vez fue creada por la Constitución de 1991), desde hace algunos años está aplicando una figura que impide que los casos prescriban. Y es definir algunos de estos crímenes como delitos de lesa humanidad. Tal “solución” jurídica no solo encuentra una serie de objeciones desde el más transparente punto de vista jurídico penal (ver recuadro Opinión), sino que ha mostrado que en la Fiscalía no hay una posición coherente, según quien sea la víctima del crimen.
Hay casos emblemáticos de magnicidio, como los perpetrados contra líderes políticos como Jaime Pardo Leal (11 de octubre de 1987), Luis Carlos Galán Sarmiento (18 de agosto de 1989), Bernardo Jaramillo Ossa (22 de marzo de 1990), o exguerrilleros como Carlos Pizarro Leongómez (26 de abril de 1990), victimario él mismo en casos de crímenes que, al decir de los últimos tiempos, “ofenden la conciencia de la Humanidad”.
A todos ellos la Fiscalía General de la Nación les ha aplicado la categoría de delitos de lesa humanidad, al considerar que hicieron parte, y por lo tanto dichos líderes fueron víctimas, de un plan sistemático de exterminio de dirigentes políticos. En los casos de Galán Sarmiento, Jaramillo Ossa y Pizarro Leongómez, tal declaratoria ha tenido lugar contados días antes de cumplirse los 20 años de los respectivos asesinatos, ante todo para evitar la prescripción.
Sin embargo, el próximo 2 de noviembre se cumplen 20 años del magnicidio de Álvaro Gómez Hurtado, líder conservador y, hasta el momento de su muerte, una de las cabezas más brillantes con las que contó nunca el mundo político nacional.
Desde ese día, han pasado por el cargo siete fiscales generales: Alfonso Valdivieso Sarmiento, Alfonso Gómez Méndez, Luis Camilo Osorio Isaza, Mario Germán Iguarán Arana, Guillermo Mendoza Diago, Viviane Morales Hoyos y el actual, Eduardo Montealegre Lynett. Cuando el país habla de impunidad, específicamente en el caso Gómez Hurtado, es a ellos a quienes de forma principal deben dirigirse las preguntas.
La Fiscalía de Montealegre ha descartado, “porque no reúne los requisitos”, declarar como de lesa humanidad el asesinato de Álvaro Gómez. Hay, evidentemente, un doble rasero, y por tanto un agravio comparativo. Estamos a menos de tres meses de que opere la prescripción. Uno de los principales implicados fue asesinado hace pocas semanas y nunca fue llamado a rendir cuentas. ¿Asistiremos a la vergüenza nacional de dejar prescribir el expediente por el crimen de uno de los más importantes líderes que tuvo este país?.