El futuro pensional en Colombia se mantiene en el limbo por cuenta de la decisión que deberá proferir en los próximos días, o semanas, la Corte Constitucional acerca de la reforma que aprobó el Congreso.
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Por ahora, la Ley 100 sigue vigente y los fondos continúan protegiendo y manejando el ahorro de los trabajadores.
El futuro pensional en Colombia se mantiene en el limbo por cuenta de la decisión que deberá proferir en los próximos días, o semanas, la Corte Constitucional acerca de la reforma que aprobó el Congreso.
La exequibilidad o no de la iniciativa que impulsó el gobierno de Gustavo Petro, que debía entrar en vigor a comienzos de este mes, está pendiente de que el alto tribunal determine si el trámite dado al proyecto en su paso por el Senado y la Cámara de Representantes cumplió y se ajustó a lo que disponen las normas.
El asunto no es menor, pues están de por medio los ahorros que para asegurarse una vejez digna tienen guardados en los fondos de pensiones más de 26,2 millones de trabajadores colombianos.
De acuerdo con datos de la Superintendencia Financiera, a mayo de este año el monto de los recursos administrados por los fondos de pensiones privados (Protección, Porvenir, Skandia y Colfondos) sumaban $482,9 billones, y los recursos manejados por Colpensiones superaban los $7,3 billones.
El volumen del negocio y los cambios que pretende introducir la reforma tienen en ascuas no solo a los trabajadores y fondos de pensiones, sino a instituciones claves de la economía nacional como el Banco de la República, que tiene asignado un rol protagónico en el futuro esquema pensional y para lo que está pidiendo claridades.
La Corte Constitucional, mediante el Auto 841 devolvió hace un mes la reforma pensional a la Cámara por vicios de trámite. Esto significó que esa célula congresional, para corregir el error, volviera a votar el proyecto y una vez cumplido este procedimiento la Corte lo sometió una vez más a análisis para tomar una decisión de fondo.
La duda sobre la manera en que la Cámara resolvió el asunto radica en que el debate se citó y celebró teniendo como soporte un comunicado de la Corte y no el Auto, que hasta el cierre de esta edición no se había proferido.
En este contexto, Andrés Izquierdo, gerente de Integral Soluciones Pensionales (ISP), considera que la reforma debe ser declarada inexequible.
“Estamos en el limbo pensional. Al día de hoy el sistema sigue operando como ha operado en los últimos 30 años en virtud de la Ley 100, pero con mucha incertidumbre respecto de lo que se viene”, expresó Izquierdo, quien insistió en que el modelo pensional propuesto por el gobierno tiene vicios de fondo que son graves, en términos de sostenibilidad financiera o del régimen de transición.
“Si el fallo se da en estricto derecho, la reforma pensional debe ser declarada inexequible, inconstitucional. Eso no tiene ocasión alguna de prosperar. Si se salva, es por mano negra”, enfatizó.
¿Y para cuándo se prevé un nuevo pronunciamiento de la Corte Constitucional? El politólogo y abogado explicó que la alta corte se reúne el próximo miércoles, 23 de julio, en sala plena y aunque hay una expectativa generalizada de que ese día haga una declaración al respecto, consideró que eso no ocurrirá.
“Mi cálculo es muy sencillo y es: si todavía no se ha proferido el Auto 841 de 2025 que ordenó la subsanación de la reforma pensional, pues la Corte no puede tomar decisión alguna sobre la actuación de la Cámara, cuando esta tampoco le ha enviado el informe de lo que hizo a finales del mes pasado”, anotó.
En ese sentido, el pasado miércoles, el saliente presidente de la Cámara de Representantes, Jaime Raúl Salamanca, manifestó que estaban preparando el informe para remitirlo a la Corte.
Por su parte, la representante a la Cámara por Bogotá Catherine Juvinao, señaló que si la Corte Constitucional fallara a favor de la reforma pensional hoy, no habría cómo implementarla por la falta de varios elementos esenciales.
Uno de ellos es el contrato entre el Gobierno Nacional y el Banco de la República para la administración del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo (Fapc), el cual no se ha firmado.
En respuesta a un derecho de petición de la congresista, el Ministerio de Hacienda precisó que los documentos de soporte de la etapa precontractual están en elaboración y se avanza en los desarrollos normativos y operativos que se requieren para implementar el Fapc.
Este pendiente tiene inquieto al Emisor, que en los últimos días pidió a la Corte fijar en su fallo un plazo de tres meses para la entrada en vigor de la reforma pensional, y poder tener a punto el Fapc.
Esta solicitud desató el enojo del presidente Petro, quien aseveró en su cuenta de la red social X que: “Estamos ante una nueva maniobra para no permitir la reforma pensional”.
Frente a este señalamiento, el Emisor replicó en un comunicado que lamentaba las interpretaciones erradas que se dieron sobre esos planteamientos, de los que insistió no tuvieron ningún propósito diferente a obtener claridad y proponer un plazo razonable para cumplir con lo que establece la ley, de conformidad con lo que decida la Corte Constitucional.
Andrés Velasco, presidente del gremio de los fondos de pensiones privados (Asofondos), comentó que estas administradoras siguen cumpliendo sus funciones y obligaciones de acuerdo con la normatividad actual. Pero, ¿cuál es la expectativa frente al próximo pronunciamiento de la Corte Constitucional? El dirigente respondió que desde Asofondos se acatará con total respeto y compromiso el fallo que emita la Corte Constitucional, cualquiera sea su contenido.
“Nuestro mayor interés es que el sistema pensional opere con plena seguridad jurídica, por el bienestar de los afiliados. Con ese propósito, y pensando en una adecuada implementación operativa, proponemos respetuosamente que, si así lo considera la Corte, la entrada en vigor se dé al menos dos meses después de que se comunique la decisión de la Corte, y que esta coincida el primer día de un mes calendario”, manifestó Velasco, en línea con la solicitud hecha por el Banco de la República.
Desde la agremiación se advirtió que aún hay aspectos importantes por precisar. “Nos preocupa especialmente la reglamentación del mecanismo del seguro previsional para los afiliados que quedan en el régimen de transición”.
Aquí hay que recordar que el seguro previsional es el mecanismo que asegura una pensión vitalicia en caso de una invalidez, o una pensión para sus sobrevivientes en caso de que el trabajador fallezca antes de pensionarse. Esto es muy relevante dado que cerca de un millón de personas harán parte del régimen de transición.
“También es necesario fortalecer las normas que protegen los recursos del Fondo de Garantía de Pensión Mínima, así como la desacumulación del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo, que será clave para el futuro del sistema”, dijo.
Consultado acerca de si habrá o no reforma pensional este año, el presidente de Asofondos explicó: “Eso dependerá del análisis que realice la Corte Constitucional y del tiempo que tome su deliberación. Lo que sí podemos asegurar es que, desde Asofondos, respetaremos plenamente cualquier decisión que adopte el alto tribunal. Nuestro compromiso es estar listos para la fecha que se defina para la entrada en vigor, como lo estábamos para el primero de julio”.
Recordó que en este proceso ha sido necesario ajustar algunos aspectos esenciales, dado que la población afiliada continúa envejeciendo y acumulando semanas de cotización, por lo que su situación, por ejemplo, frente al régimen de transición puede variar.
Además, algunos afiliados podrían cumplir edad de pensión y solicitar devoluciones de saldos o indemnizaciones sustitutivas, previendo que iban a quedar en el régimen semicontributivo en condiciones menos favorables.
“Esto implica que ciertos análisis deben rehacerse, y que algunos afiliados podrían tener nuevas alternativas frente al sistema, lo que implica reprocesos que dependen de la fecha de entrada en vigor.