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Suspensión de la reforma pensional extiende el régimen de transición, ¿quiénes son los beneficiados?

La Corte Constitucional frenó la entrada en vigor de la reforma pensional, lo que amplía el acceso al régimen de transición y extiende la ventana de traslado para los afiliados.

  • Corte Constitucional no tocó las Accai, pero Gobierno quiere reforma desde 1° de julio. FOTO: El Colombiano.
    Corte Constitucional no tocó las Accai, pero Gobierno quiere reforma desde 1° de julio. FOTO: El Colombiano.
hace 6 horas
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La reforma pensional quedó suspendida temporalmente por orden de la Corte Constitucional. El alto tribunal devolvió el texto a la Cámara de Representantes para que subsane vicios de procedimiento, lo que implica que la Ley 2381 de 2024 no podrá entrar en vigencia el 1 de julio, como estaba previsto.

Así lo explicó el presidente de Colpensiones, Jaime Dussán, en entrevista con Mañanas Blu, donde despejó las principales dudas que rondan a millones de colombianos sobre lo que sigue ahora.

Lea más: Reforma pensional en pausa: ¿qué pasa con los colombianos que ya eligieron su Accai?

Lo que sigue vigente y lo que se congela de la reforma pensional

La Corte suspendió toda la ley, salvo dos artículos clave que siguen vigentes:

-El artículo 76, que establece la ventana de oportunidad de dos años para trasladarse entre regímenes (de fondos privados a Colpensiones o viceversa), si se cumplen los requisitos de semanas y edad.

-El parágrafo transitorio del artículo 12, que permite a quienes coticen más de 2,3 salarios mínimos elegir su Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI), o ser asignados aleatoriamente si no lo hacen.

Además lea: ¿Qué pasará con los que se cambiaron a Colpensiones por la reforma pensional, tras decisión de la Corte?

Esto significa que los traslados ya realizados seguirán su curso, y quienes cumplan con los requisitos podrán acceder al régimen de transición, incluso si no lograron cambiarse antes.

El presidente de Colpensiones, Jaime Dussán. FOTO: Cortesía Colpensiones.
El presidente de Colpensiones, Jaime Dussán. FOTO: Cortesía Colpensiones.

¿Quiénes pueden acogerse al régimen de transición?

Según el presidente de Colpensiones, pueden acogerse al régimen de transición: mujeres con 750 semanas cotizadas y hombres con 900 semanas.

Además, que estén a menos de 10 años de cumplir la edad de pensión (57 años mujeres, 62 años hombres). Y que no hayan hecho aún el cambio de régimen, pero que con la reforma tendrán dos años más para hacerlo, una vez la ley entre en vigor.

Esta prórroga permite que más colombianos completen las semanas requeridas para entrar al régimen de transición. Es una oportunidad clave para quienes estaban cerca de cumplir los requisitos”, explicó Dussán.

Aunque el Gobierno buscará discutir la ley en sesiones extraordinarias, Dussán fue claro: la reforma no entrará en vigor el 1 de julio. El proceso legislativo, incluyendo debates y correcciones, podría tomar varios meses.

Mientras tanto, sigue vigente la Ley 100 de 1993, por lo que no hay cambios inmediatos en la forma en que se calcula la pensión ni en el sistema de cotización actual.

Conozca más: Corte deja vivos dos artículos clave de la reforma pensional, ¿cuáles son?

Para el abogado Kevin Hartmann, doctor en Ciencias Jurídicas de la Universidad de Lovaina y socio fundador de Hartmann Asociados, el congelamiento de la reforma pensional deja en suspenso uno de los aspectos más sensibles del nuevo sistema: el acceso al régimen de transición.

Todo queda congelado hasta que la Corte Constitucional tome una decisión de fondo. Solo ese día, cuando se profiera la sentencia definitiva, se podrá determinar cuál es la fecha oficial de entrada en vigencia de la ley”, explicó el jurista.

Esa fecha, subrayó Hartmann, es la que marcará el corte para saber quiénes podrán acogerse al régimen de transición.

El régimen de transición depende de la fecha en que entre en vigencia la ley. Y como la ley no ha entrado en vigor, aún no existe ese corte. Solo al día hábil siguiente de la sentencia de la Corte —si se declara constitucional la norma— se podrá establecer con certeza quiénes cumplen los requisitos y quiénes no”, detalló.

El especialista advirtió que, hasta que no haya un pronunciamiento definitivo del alto tribunal, ninguna persona puede considerarse dentro o fuera del régimen de transición, lo que mantiene un alto grado de incertidumbre para millones de cotizantes.

La suspensión de la reforma amplía el régimen de transición

Por su parte, Andrés Felipe Izquierdo Aguiar, CEO de Integral Soluciones Pensionales, indicó que la decisión de la Corte Constitucional de suspender la entrada en vigencia de la reforma pensional no solo cambia el calendario legislativo, sino que amplía el número de personas que podrán acogerse al régimen de transición y altera por completo las cuentas fiscales del Gobierno.

La Ley 2381 decía que entrarían al régimen de transición las personas que, al 1 de julio de 2025, tuvieran 750 semanas cotizadas si eran mujeres o 900 si eran hombres. Pero, al quedar en suspenso la entrada en vigencia de la ley, esa fecha se corre, y eso cambia todo”, explicó el directivo.

Según Izquierdo, el efecto inmediato es que más personas calificarán para el régimen de transición, pues la nueva fecha de corte —que aún es incierta y dependerá del fallo de fondo de la Corte— permitirá que más trabajadores sigan sumando semanas hasta entonces.

“Se amplía el espectro de beneficiarios. Personas que no alcanzaban a entrar bajo la fecha original, ahora sí lo harán. Eso desbarata las proyecciones de Hacienda”, afirmó.

Conozca aquí: Esta es la reforma pensional que volverá a debatir la Cámara, tras decisión de la Corte Constitucional

Además, advirtió que el aval fiscal que había emitido el Ministerio de Hacienda se construyó con base en esa fecha original, y que al postergarse la vigencia de la ley, el impacto económico de la transición será mayor.

“El concepto fiscal que emitió Hacienda no avalaba la reforma, pero estimaba sus efectos pensando que el nuevo flujo de aportes comenzaba en julio. Como eso ya no va a pasar, Colpensiones seguirá necesitando los mismos recursos que venía recibiendo de la Nación. El marco fiscal de mediano plazo que presentaron hace apenas una semana ya quedó desactualizado”, concluyó.

Porvenir activa plan de apoyo ante alta demanda

Desde los fondos privados también hay movimiento. Porvenir, la administradora con más afiliados del país, aseguró que más de 74 mil personas ya recibieron doble asesoría y cerca de 40 mil ya hicieron su traslado aprovechando la ventana pensional.

Lea más: Reforma pensional tendría graves efectos económicos en Colombia al largo plazo: Carf

“Hemos desplegado un robusto plan tecnológico y humano para orientar a los afiliados. La Oportunidad de Traslado representa una decisión clave para el futuro pensional”, aseguró Miguel Largacha Martínez, presidente de Porvenir.

La entidad anunció que más de 200 expertos y una inversión superior a US$10 millones están destinados a modernizar su infraestructura digital para facilitar los traslados y asesorías a los colombianos que decidan aprovechar esta ventana.

La ventana de traslado estará abierta hasta el 16 de julio de 2026.
La ventana de traslado estará abierta hasta el 16 de julio de 2026.

Tanto Colpensiones como Porvenir coincidieron en enviar un mensaje de calma: los pagos a pensionados seguirán como de costumbre y no se requieren trámites adicionales mientras se define el futuro de la reforma.

“Nuestro compromiso es garantizar bienestar financiero a los más de 15 millones de afiliados”, dijo Largacha, al tiempo que reafirmó que seguirán atentos a lo que decida el Congreso y la Corte en los próximos meses.

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