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MinTrabajo da ultimátum a Nutresa, Noel, Pintuco y Meals por, presuntamente, incumplir reducción de jornada laboral

Estas empresas aún no estarían aplicando en su reglamento interno la reducción de la jornada laboral, que comenzó a regir desde el pasado 16 de julio.

  • Los empleadores que incumplan podrían recibir sanciones de hasta 5.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes. FOTO Archivo
    Los empleadores que incumplan podrían recibir sanciones de hasta 5.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes. FOTO Archivo
26 de septiembre de 2023
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El Ministerio del Trabajo informó que adelanta una serie de investigaciones a grupos empresariales como Nutresa, compañía de galletas Noel, Pintuco y Meals (Mercadeo de Alimentos de Colombia S.A.S).

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La decisión se tomó por presuntamente no aplicar en su reglamento interno la reducción de la jornada laboral, que comenzó a regir desde el pasado 16 de julio.

La ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, hizo un llamado a las y los empleadores para que cumplan la ley y eviten la precarización de los trabajadores.

“En nuestras distintas direcciones territoriales hemos recibido querellas por parte de algunos sindicatos, trabajadores y trabajadoras, sobre el incumplimiento en la reducción de la jornada laboral, la cual debería implementarse según la ley desde el pasado 16 de julio, pasando de 48 a 47 horas semanales. Desde la cartera laboral insistimos en el mejoramiento de la calidad de vida de las y los trabajadores, no podemos seguir permitiendo la precarización y las violaciones a los derechos, por el contrario, debemos avanzar para que Colombia sea un país donde la ley se cumpla y de la misma manera las empresas sean más productivas y sostenibles, con generación de empleos dignos y decentes”, explicó la ministra de Trabajo.

Lea más: ¿Usted es uno? Los trabajadores que tendrían protección especial ante despidos con la reforma laboral

Durante las inspecciones laborales, el MinTrabajo les ha solicitado a las empresas certificados de existencias, listado numerado de trabajadores, comprobantes de nómina donde se especifiquen los pagos de horas extras, recargos nocturnos, festivos y dominicales, copias de afiliación a seguridad social y el certificado de actualización de la jornada laboral.

Los empleadores que incumplan podrían recibir sanciones de hasta 5.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Entérese: “Confunden ser empresarios con ser esclavistas”: Petro reaccionó al inhumano maltrato de trabajadores en Ibagué

La cartera de Trabajo señaló que tiene a disposición para recibir las querellas la página web www.mintrabajo.gov.co o de manera presencial en las 33 Direcciones Territoriales.

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