La Superintendencia de Industria y Comercio informó que la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales profirió sentencias judiciales dentro de los procesos de competencia desleal instaurados por Movistar y Tigo en contra de Claro. Se estableció que esta última compañía incurrió en actos de competencia desleal.
Los hechos fueron derivados de la adquisición de una ventaja competitiva en virtud de la violación de las normas de regulación impartidas por la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC). Lo que le impone a Claro la obligación de pagar más por el acceso a las redes de interconexión de sus competidores, esquema regulatorio conocido con el nombre de “cargos asimétricos”.
“Movistar y Tigo en sus correspondientes demandas afirmaron que con ocasión de las revisiones del mercado de la telefonía móvil por parte de la CRC se evidenció la existencia de una falla en el mercado que llevó a la CRC a adoptar medidas regulatorias de carácter particular respecto de Claro y, por medio de las Resoluciones 4002 y 4050 de 2012 y 4660 de 2014, fijó a Claro una remuneración superior a la de sus competidores para el respectivo acceso a las redes de interconexión”, indicó la SIC.
Claro aseguró en un comunicado de prensa que no está de acuerdo con el tema de la competencia desleal, “la compañía ha venido cumpliendo con el pago de cargos asimétricos a las dos compañías según lo dispuso medida cautelar de la SIC en febrero pasado, por lo que no está de acuerdo en que se haya incurrido en competencia desleal y recurrirá el caso”.
Agregaron además, “el fallo dice dice que Claro debe cumplir con la regulación de la CRC en materia de cargos asimétricos que efectivamente viene cumpliendo, es decir, los deja en firme pero niega las pretensiones económicas que tenían Tigo y Movistar que sumadas son de 30 mil millones de pesos”.