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Mantener en buen estado las áreas comunes es una de las tareas según la ley de propiedad horizontal.
El reciente desplome de un ascensor en el Palacio de Justicia de Cali, pone sobre la mesa una interrogante: ¿Quién es el responsable de esa falla? Si se tratase de una propiedad horizontal sería obligación del administrador, pues según la Ley 675 de 2001 este sería el encargado de velar por el buen funcionamiento de ese equipo.
El abogado Maxiliano Aramburo Calle explicó que si bien hay unas responsabilidades que recaen sobre las constructoras, los administradores tienen la obligación de gestionar algunos problemas en materia de edificación como el mantenimiento de algunas áreas.
En ese sentido, la normativa 675 de 2001 establece que luego de concluida una construcción “y enajenación de un número de bienes privados que represente por lo menos el 51 % de los coeficientes de copropiedad” se le debe entregar al administrador las garantías de los ascensores, bombas y demás equipos, expedidas por sus proveedores.
Para Jorge León, abogado y conferencista en derecho de propiedad horizontal, es injusto...