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Juan David Duque perdió el pulso en la Corte para reversar moción de censura que lo sacó de la administración Quintero

La Corte Constitucional, en un fallo definitivo, declaró improcedente este mecanismo empleado para tramitar su reclamación.

  • En la imagen aparce Juan David Duque en la sesión donde el Concejo votó por la moción de censura en su contra. FOTO ARCHIVO, MANUEL SALDARRIAGA
    En la imagen aparce Juan David Duque en la sesión donde el Concejo votó por la moción de censura en su contra. FOTO ARCHIVO, MANUEL SALDARRIAGA
30 de agosto de 2024
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La Corte Constitucional le cortó las alas al intento de Juan David Duque, el exsecretario privado de la alcaldía de Medellín durante la última parte del periodo de Daniel Quintero, de reversar vía tutela los efectos de la moción de censura que lo sacó de ese cargo público que ocupaba a finales del año pasado.

Le recomendamos leer: Facturas ilegibles y gastos injustificados: las inconsistencias que halló la Contraloría en el manejo de la caja menor de Quintero

Desde su rol, Duque era el funcionario que daba el visto bueno en el manejo de los fondos fijos reembolsables, una especie de caja menor de la que, según investigan órganos de control, el entonces alcalde Quintero y su entorno habrían pagado almuerzos en restaurantes costosos, comidas rápidas, mercados y hasta flores. Además, también es motivo de indagación el posible cobro doble, pues en las mismas fechas en las que el mandatario aparecía viaticando en otras ciudades, a la vez figuraban facturas por comida en Medellín.

Tras varios llamados a una comisión accidental del Concejo para que rindiera cuentas sobre su los posibles malos manejos, a la que Duque no asistió nunca, la corporación lo citó a una sesión de control político el 10 de noviembre de 2023 en la que se votó por mayoría una moción de censura contra él, lo que en términos prácticos obligaba al alcalde -en ese momento estaba un encargado ante la renuncia de Quintero- a declararlo insubsistente.

Duque ya había presentado una acción de tutela contra esta citación, que el juez falló en su contra, y ya consumada la destitución, el último día de noviembre del año pasado interpuso otra contra la Corporación distrital al considerar que le habían vulnerado sus derechos a la “estabilidad laboral relativa”, y alegó además que habría fallas en el proceso que llevó a la moción de censura en su caso. En diciembre, el Juzgado Cuarto Civil Municipal le negó el amparo solicitado por considerar que no había ningún vicio legal.

Además, le sugerimos ver: “Yo como usted, renunciaría, sería más digno”: concejales al secretario privado por caja menor de la Alcaldía

El caso fue aceptado en revisión por la Corte Constitucional a mediados de este año, y la Sala Octava de Revisión, en un fallo del 13 de agosto pasado que apenas ahora se conoce, determinó revocar las sentencias previas; sin embargo, no fue para amparar los derechos invocados por Duque, sino que fue más allá al declarar que la tutela era “improcedente” debido a que quien la interpuso tenía otros caminos legales para alegar su derecho.

“En primer lugar, la decisión del Concejo de aprobar la moción de censura es un acto político cuyo control corresponde a la jurisdicción de lo contencioso administrativo”, que además contempla la posibilidad de solicitar medidas cautelares, según argumentó la magistrada que conoció del caso.

Este mes también se conoció que Duque demandó al Concejo y la Alcaldía de Medellín en procura de que lo reintegren a su cargo u otro de igual o superior rango, además de que le reconozcan 86 millones de pesos de los salarios que dejó de recibir luego de su salida.

Igualmente, y para más contexto, visite: ¿La punta del iceberg? Los detalles de los 9 casos de presunta corrupción en el gobierno de Quintero

Por los mismos hechos de los fondos fijos reembolsables, la Procuraduría ya emprendió una indagación preliminar contra él, aduciendo que habría usado esos recursos para su propio beneficio y para el de otros funcionarios como el propio exalcalde Quintero y la esposa de este, Diana Osorio.

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