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MARCO DE IMPUNIDAD

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16 de junio de 2012
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La aprobación en último debate del "marco jurídico para la paz" y las inclusiones finales que se le hicieron exigen unas nuevas reflexiones.

Como los textos aprobados en Senado y Cámara son diferentes, el martes tendrá lugar la conciliación definitiva.

Sé bien que lo que acá se escriba no tendrá ningún impacto en el ánimo de los parlamentarios (en verdad los columnistas no ejercemos influencia alguna y menos en los congresistas), pero la gravedad de lo que será aprobado exige al menos dejar una constancia.

Sea primero decir que pasó lo esperado: la reforma permitirá que asesinos, secuestradores, violadores y narcotraficantes miembros de las guerrillas puedan ser elegidos a cargos de elección popular.

El Gobierno volvió a meter, por la puerta de atrás, un artículo que permite la elección popular de guerrilleros condenados por delitos atroces.

En este país desmemoriado hay que recordar que una norma con diferente redacción pero el mismo efecto había sido retirada de la discusión en el Congreso, cuando un grupo de los policías y militares secuestrados fue asesinado a sangre fría por las Farc.

Pero el retiro de entonces fue una jugada táctica para que, anestesiados como vivimos y lejanísimo ya el recuerdo de los muertos, ahora se volviera a abrir la puerta a que Timochenko y compañía puedan ser tratados como, por ejemplo, honorables padres de la patria.

La cosa se hizo por vía de entregarle a una ley estatutaria la posibilidad de definir "los delitos considerados conexos al delito político para efectos de la posibilidad de participar en política".

La única restricción estará en que los crímenes de lesa humanidad y el genocidio no podrán ser considerados conexos siempre que se hayan "cometido de manera sistemática".

Pareciera una precisión innecesaria, porque por definición el crimen de lesa humanidad requiere un "ataque generalizado o sistemático contra la población civil".

Pero en realidad no es gratuita: la explícita restricción de que haya sistematicidad beneficia de entrada a todos los asesinos, secuestradores y violadores "ocasionales".

Si eso no fuera mucho, desde ya es posible imaginar a todos los jueces que sostendrán que el delito cometido con "fines altruistas" no es nunca un crimen de lesa humanidad y a todos los congresistas que en la ley estatutaria fijarán unos criterios para definir la "sistematicidad" que permitirán que prácticamente ningún guerrillero quede excluido de los beneficios.

No menos importante es resaltar lo que la norma dice tácitamente cuando establece que sólo los crímenes de lesa humanidad y el genocidio no podrán ser considerados conexos con los delitos políticos.

Eso significa que los guerrilleros responsables de crímenes de guerra y de delitos atroces que no constituyan crímenes de lesa humanidad sí podrán ser elegidos, y que también podrán serlo los terroristas y los narcotraficantes porque el terrorismo y el narcotráfico no son crímenes de lesa humanidad.

Si eso no bastara para asquearse, habría que agregar que el marco permite que sólo "los máximos responsables de crímenes de lesa humanidad, genocidio, o crímenes de guerra cometidos de manera sistemática" sean investigados.

Es decir, que no serán investigados esos criminales si no caen en la categoría de "máximos responsables".

Y remata con la perlita que de aun a los "máximos responsables" de estos crímenes, los más abominables que puedan ser concebidos, les sea suspendida la pena, de manera que aun condenados podrán disfrutar de su libertad sin restricción alguna.

En fin, el senador Roy Barreras, ponente de este engendro, se llevará las palmas de los caraduras.

No tuvo reparo en afirmar, sin sonrojarse, que el marco "no es un instrumento de impunidad, no le rebaja un día de cárcel a nadie, ni le regala beneficios a nadie".

Creerá que somos todos unos p?

Pensándolo bien, quizás tenga razón.

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