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Kempis vs. Balmes

  • Rocío Vélez De Piedrahíta | Rocío Vélez De Piedrahíta
    Rocío Vélez De Piedrahíta | Rocío Vélez De Piedrahíta
10 de abril de 2011
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El lamentable estado de la justicia en Colombia merece una relectura sobre cómo buscar la verdad de los hechos, en la Imitación de Cristo , de Tomás de Kempis (1380-1471); y El criterio - de Jaime Balmes (1810-1848), dos sacerdotes de cuya integridad y profundidad, no cabe duda.

En el Capítulo IV de la Imitación , Kempis dice que "los hombres prudentes no creen fácilmente todo lo que se les cuenta, porque saben que la miseria humana está siempre inclinada al mal, y es muy resbaladiza en las palabras"; pero para la situación actual de la justicia -injusticia- en Colombia, la frase que da para pensar está en el Capítulo V: "No busques quién ha dicho tal cosa; mas reflexiona sobre lo que se ha dicho". O sea que para Kempis lo definitivo no es la fuente, sino el juicio que se ha emitido.

Otra es la posición de Balmes. Para él, lo fundamental es conocer cuáles pueden ser las razones que tiene el informante para afirmar lo que dice, y si hay conocimiento suficiente para creerlo absolutamente imparcial. El Criterio empieza diciendo: "El pensar bien consiste o en conocer la verdad o en dirigir el entendimiento por el camino que conduce a ella". Y la parte 2ª, Capítulo I, trata sobre los "diferentes modos de conocer la verdad".

La parte 1ª del Capítulo VII se ocupa de los juicios temerarios; la parte 2ª examina la máxima que más gusta hoy a demasiada gente en Colombia: 'piensa mal y no errarás'. El Capítulo VIII, que debería ser lectura obligada para todos nuestros jueces, se ocupa de las condiciones necesarias para que un testimonio sea valedero: 1. Que el testigo no sea engañado y que no nos quiera engañar; 2. Prevenirse contra el engaño que puede haber sufrido el narrador; y 3. Examinar si alguna pasión o interés le impelen a mentir. En Colombia, hoy, rebaja sustancial de penas, premios inclusive dinero, si denuncian a alguien, etc.

El Capítulo IX dice que 'los periódicos no lo dicen todo sobre las personas ni sobre las cosas', y en la parte 3ª, señala dos reglas para juzgar la conducta de los hombres: 1. No se debe fiar de la virtud del común de los hombres, puesta a prueba muy dura. 2. Para suponer la conducta de una persona en determinado caso, hay que conocer su inteligencia, índole, carácter, moralidad, intereses y cuanto pueda influir en su determinación.

Estas reglas no se siguen en Colombia. Cuando el atroz asesinato de Luis Carlos Galán, rápidamente se inculpó del magnicidio a cuatro personas, entre ellas a Hubis Hazbún, quien fue defendido por personas honestas cuyos testimonios fueron desdeñados, e inculpado por personas acusadas de graves infracciones, a las cuales se les dio absoluta credibilidad. El señor Hazbún fue absuelto tras permanecer en la cárcel ¡3 años y medio! y, como es natural en una persona inocente y honorable, murió de pena moral. Hoy muchos colombianos inocentes padecen de estos procedimientos, de acusaciones que vienen de enemigos personales, jueces atemorizados por amenazas, o de fuentes más que discutibles, como en el caso del coronel Plazas Vega.

Transcribo apartes de un correo que me llegó: "Se ha engañado al país (...) se ha privado de la libertad a quienes rescataron a más de 260 personas de manos del M-19, mientras los asaltantes gozan (...) del poder (...), se perdona a los genocidas y encarcela a quienes se jugaron la vida por mantener a la justicia vigente". No me cansaré de repetir la rima: "En la villa de Beodez/ todo, todo es al revés;/el ratón corre al gato,/ y el ladrón condena al juez".

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