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Condenan a siete militares

21 de noviembre de 2008
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La falsa denuncia de violación de una joven cegada por una rabieta y la posterior represalia de un grupo de militares terminó mal para los uniformados, condenados a 23 años y ocho meses de prisión por torturar a cuatro jóvenes de la comuna 13 de Medellín.

Dos años después de ocurridos los hechos, el Juzgado Quinto Penal Especializado de Medellín, encontró culpables del delito de tortura a un oficial, un suboficial y cinco soldados de la IV Brigada del Ejército.

La decisión afecta al teniente Cristian Alfonso Ríos Moncayo, al cabo Freddy Alexander Tocarruncho y los soldados Jorge Andrés Cardona Álzate, Daladier Avendaño Usuga, Juan Gabriel Paniagua Urrego, Sergio Andrés Erazo y Luis Javier Atencia.

En la misma decisión el Juez absolvió a los soldados Uvadel Ramón Bolaños Cotera, Jorge Luis Campiño Cañaveral, Jorge Andrés Ángel Ríos, Guillermo Alexander Henao Gómez y Juan Diego Hincapié.

El fallo fue apelado ante el Tribunal Superior de Medellín por el delegado del Ministerio Público y la defensa de los militares.

La historia parece de película. El 10 de diciembre de 2006, una joven del barrio 20 de julio acudió a la base militar del sector para denunciar una supuesta violación en su contra por parte de cuatro jóvenes entre los 18 y los 22 años de edad.

La joven denunció que el día anterior, después de una fiesta, los cuatro hombres la habían embriagado para luego abusar de ella.

Un soldado, quien sostenía una relación sentimental con la joven, preso de la ira, decidió hacer justicia por su propia mano. Al día siguiente, en compañía del grupo de soldados hoy condenados ubicó y sacó de sus casas sin orden judicial a lo cuatro jóvenes y los llevaron a la base militar.

Allí los golpearon y luego los entregaron a la Fiscalía. Sin embargo, el dictamen de Medicina Legal indicó que la joven no había sido violada y ésta retiró la denuncia.

Por su parte, los jóvenes lesionados denunciaron su retención y la golpiza y malos tratos que determinaron, según dictamen legal, en 20 días de incapacidad para cada uno de los afectados.

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