“Mientras aquí, antes de que se adopte una resolución histórica sobre enfermedades raras, se habla de equidad y acceso global, lamentablemente en Colombia nuestros pacientes mueren esperando la atención que necesitan”, dijo el vocero de Fecoer.
Al respecto, dijo que pondrán de presente en ese escenario que “el sistema de salud en Colombia sigue colapsando, cierran servicios en hospitales y clínicas por falta de recursos, nuestro talento humano en salud lamentablemente trabaja en condiciones precarias sin garantías ni estabilidad y las personas con enfermedades crónicas, complejas y de alto costo siguen siendo las más afectadas”.
Por otro lado, Gil denunció que, como director de Fecoer y parte del movimiento ciudadano “Todos por la Salud”, solicitó una reunión con la delegación del Ministerio de Salud en Ginebra, pero que le dijeron que “lo evaluarían y nunca respondieron”. En ese sentido, señaló que “desde esta sede de la Organización Mundial de la Salud pedimos vigilancia internacional, respaldo técnico y atención urgente a la crisis humanitaria que estamos viviendo en Colombia. Mueren pacientes. La salud y la vida no pueden seguir esperando”.
La última decisión de la Corte Constitucional sobre el sistema de salud
Este jueves la Corte Constitucional rechazó la nulidad del Auto 007 de 2025, que declaró insuficiente la Unidad de Pago por Capitación (UPC) para el año 2024. La decisión implica el reajuste del valor de la UPC correspondiente a ese año —recursos que el Gobierno gira a las EPS para garantizar la atención en salud de sus afiliados— y que también se recalculen los montos para 2025.
La solicitud de nulidad había sido presentada por el Ministerio de Salud, pero el alto tribunal la desestimó al considerar que el recurso no se sustentó en razones claras, expresas, precisas, pertinentes y suficientes, condiciones necesarias para que el Tribunal Constitucional entre a estudiar de fondo una nulidad. Según la corporación, lo planteado por el ministerio buscaba reabrir el debate jurídico con base en interpretaciones subjetivas.
“El término de ejecutoria del auto objeto de la petición de nulidad se surtió los días 29, 30 y 31 de enero del presente año, y la solicitud fue radicada el 18 de febrero de 2025, es decir, doce días después del plazo permitido”, precisó el alto tribunal.
El Auto, cuya nulidad fue solicitada por el Ministerio de Salud, fue emitido por la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008, en el marco de las órdenes que buscan garantizar la equiparación del Plan de Beneficios en Salud entre los distintos regímenes.
En dicha decisión, la Corte concluyó que la UPC calculada para 2024 no cubre todos los servicios del plan de beneficios, que su metodología requiere actualización y que los costos superaban los ingresos proyectados por el ministerio.
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